Dan 24 horas al Ieqroo para resolver quejas del PRD contra Borge

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CHETUMAL, MX.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación otorgó un plazo de 24 horas al Instituto Electoral de Quintana Roo, para que resuelva respecto a las cuatro quejas presentadas por el PRD contra el candidato del PRI a la gubernatura, Roberto Borge Angulo, por actos anticipados de precampaña y campaña, a fin de resolver si hubo o no tales acciones.


Ocurre que el PRD, PAN, PT y Convergencia presentaron ante la máxima autoridad electoral, un recurso de revisión constitucional y señala, primero, que el candidato priísta realizó actos anticipados, tanto de campaña y precampaña.
Mencionan también que el Instituto Electoral no resolvió las cuatro quejas por esos supuestos hechos que en su momento presentaron y que el Tribunal Electoral de Quintana Roo no le pidió que las desahogara y se limitó a rechazar la queja presentada por dichos partidos.
Es por ello que ayer, en el proyecto presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos, primero declara infundado el recurso en el que se asegura por parte de los partidos de oposición al tricolor que hubo actos anticipados de campaña, debido a que las quejas no han sido desahogadas por el Instituto Electoral de Quintana Roo, por lo tanto no se sabe si hubo o no tal hecho.
En el mismo resolutivo dan un plazo de 24 horas al Instituto Electoral de Quintana Roo para que resuelva las quejas, dado que, señaló el magistrado José Alejandro Luna Ramos, el órgano electoral debe determinar si hay tales hechos y poder resolver antes de la jornada electoral, la cual tendrá lugar el 4 de julio próximo.
En el proyecto, el cual fue aprobado por el pleno de la Sala Superior y que leyó el secretario de acuerdos, se dice que “se propone vincular al Instituto Electoral de Quintana Roo, para que de inmediato resuelva las quejas presentadas y en el plazo de 24 horas informe a la Sala Superior, respecto a su cumplimiento”.
Sobre el rechazo de los argumentos presentados por los partidos de oposición al tricolor, se explicó que se declaran infundados porque “el magistrado ponente propone declarar infundado los argumentos que los actores aducen, en el sentido que la autoridad responsable evadió la litis pues como se evidencia en el proyecto, la intención de retirar el registro no puede ser debido a que no se han resuelto las quejas interpuestas por los propios actores”, explica.
En la exposición del proyecto, el magistrado Luna Ramos insistió en que es necesario que la autoridad electoral local, es decir, el Ieqroo desahogue las quejas correspondientes, a fin de poder determinar si realmente hubo tales actos anticipados de campaña y que solamente así, podrían resolver dicha queja que les interpuso el Partido de la Revolución Democrática y otros.
“Es necesario para saber ver la legalidad del registro del candidato, que no se puede llegar a la elección sin resolverlo”, apuntó. (Fuente: El Periódico)

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