Aprueban pena vitalicia contra secuestradores, homicidas y violadores de menores en QR

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CHETUMAL, MX.– En Quintana Roo ya es posible aplicar la pena vitalicia en contra de secuestradores, pues el Pleno del Congreso del Estado aprobó este jueves las reformas al Código Penal del Estado que consideran esa figura jurídica y que surge como respuesta al sentido reclamo de la ciudadanía ante la creciente ola de secuestros que se han registrado en la entidad.


Como legisladores estamos dando respuesta a una de las demandas más sentidas de la ciudadanía en lo que nos corresponde, y ahora compete a otras instancias aplicar las nuevas herramientas jurídicas para combatir de manera efectiva ese ilícito, manifestó en su oportunidad el presidente de la Gran Comisión del Congreso del Estado, Luis González Flores, al hacer uso de la tribuna y anunciar además que otros dos delitos, el de homicidio y el de violación a menores podrían alcanzar también la pena vitalicia.
Y es que, dijo que al igual que propuso el endurecimiento de las penas y la figura de pena vitalicia en el Código Penal del Estado en contra de secuestradores, también presentó este mismo día una nueva iniciativa para que los delitos de homicidio y violación a menores puedan alcanzar una pena similar, es decir, el de cadena perpetua.
Por lo pronto, con la aprobación de las reformas penales, Quintana Roo se suma a los pocos Estados de la República que consideran la cadena perpetua para castigar el delito de secuestro, como es el caso de Veracruz.
En su oportunidad, los diputados Francisco Amaro Betancourt y Geovani Gamboa Vela, integrantes del grupo parlamentario del PRI y PVEM, respectivamente, manifestaron que con el establecimiento de la figura jurídica de “pena vitalicia” en el ordenamiento sancionador de la entidad se deja claro que en Quintana Roo no se va a tolerar más la acción de los secuestradores.
Se trata de las reformas a los artículos 22, 26, 117, 188 y 119 del Código Penal, y del artículo 100, del Código de Procedimientos Penales, que de manera conjunta establecen penas más severas en contra de quienes realizan ese ilícito, pues la pena mínima establecida antes de las modificaciones era de tan sólo cinco años de prisión, siendo ahora aplicable “de 25 a 50 años de cárcel o pena vitalicia”, esto último de acuerdo a las agravantes que ocurran en la comisión del delito como es la acción violenta, la participación de dos o más personas o que se cometa en contra de personas menores de 18 o mayores de setenta años.
Además de la pena corporal, las modificaciones también establecieron un fuerte incremento en la pena pecuniaria, pues se podrá imponer a los secuestradores además hasta tres mil días de salario mínimo como multa, es decir, casi 200 mil pesos.
Con las nuevas reformas, y en particular con la incorporación de todas las modalidades de secuestro -simple o con agravantes- en el artículo 100 del Código de Procedimientos Penales de la entidad, ningún secuestrador podrá alcanzar su libertad bajo caución, pues a partir de ahora se considera como un delito grave.
Cabe señalar que también se incorpora en el Código Penal del Estado la figura de “secuestro express”, la cual no existía antes de la reforma aprobada por el pleno este día, y mediante la cual se pretende combatir el ilícito que también ha surgido como una moda en la entidad. (Fuente: Congreso de Quintana Roo)

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