Mantiene la Corte en suspenso duración del Concejo de Bacalar

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CIUDAD DE MÉXICO.- Nuevamente, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de laNación (SCJN) no se pronunció sobre la duración del Concejo de Bacalar, pero avanzó en el análisis del caso, al declarar constitucionales el párrafo cuarto del artículo 143 de la Constitución Política de Quintana Roo, y del artículo 11 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo.

La SCJN resolvió que eran constitucionales los siguientes preceptos:

Párrafo cuarto del artículo 143 de la Constitución política del estado de Quintana Roo.- (…) El Concejo Municipal se constituirá en una estructura igual a la que corresponda al Ayuntamiento de que se trate, los integrantes del mismo se elegirán de entre las propuestas de vecinos del Municipio, que formulen los grupos parlamentarios representados en la Legislatura; debiendo satisfacer los requisitos exigidos para ser miembros del Ayuntamiento y rendirán la protesta de Ley.
Párrafo cuarto del artículo 11 de la Ley de Municipios del estado de Quintana Roo.- (…) En los demás supuestos no previstos en los párrafos anteriores de este artículo, la Legislatura del Estado o la Diputación Permanente, en su caso, nombrará de entre los vecinos a un Concejo Municipal que asumirá las funciones del Ayuntamiento hasta en tanto entran en el desempeño de su encargo los integrantes del Ayuntamiento electos mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo de los ciudadanos, conforme a las leyes correspondientes.

Sin embargo, dichas fracciones no resuelven el fondo del asunto, pues en éstas sólo se enuncia cómo se constituirán los Concejos, no así el tiempo de permanencia de éstos.
El debate que ahora ocupará a los ministros versará sobre si es válido mantener el Concejo por un periodo casi igual al de la duración de un ayuntamiento electo por la vía del voto popular.
En otra prolongada sesión, los ministros de la Suprema Corte no lograron resolver el tema de fondo de la controversia constitucional 08/2011, dejando para su análisis la validez de los artículos segundo y cuarto del Decreto 422, que serán los que determinen si el actual Concejo de Bacalar está obligado o no a llamar a elecciones
El ministro ponente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, propone que se declare la invalidez de los artículos transitorios segundo y cuarto del decreto 422, mediante el que reforma la constitución política del estado de Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial de la el 17 de febrero pasado.
En su exposición, destaca su propuesta se sustenta en el artículo 115, fracción I, para determinar que en el caso de creación de un nuevo municipio, deben regir los mismos principios que establece dicho precepto, es decir, la naturaleza emergente y provisional del Concejo Municipal.
La fracción I del artículo 115 de la Carta Magna, establece que “cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine (…)”.
El Ministro ponente se pronuncia porque el Concejo de Bacalar sea de carácter transitorio y por lo tanto, éste convoque a elecciones en un plazo de seis meses.
Aunque en la sesión de hoy, los integrantes de la Corte no votaron el asunto de fondo, varios sí se pronunciaron de manera clara.
El ministro Arturo Zaldivar consideró que el periodo del Concejo de Bacalar “es un plazo muy extenso”, y si bien el Congreso tiene facultad para nombrarlo, el término de su ejercicio “debe ser razonable”. Con él coincidió el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien refirió que la Constitución federal establece que la renovación de poderes, Ejecutivo y Legislativo será mediante elección libre y directa, y si bien el propio artículo 115 Constitucional prevé casos excepcionales, y en el caso del municipio de Bacalar se está ante una situación de este tipo, “la solución excepcional es que (el Concejo) debe ser de corta duración”, y no abarcar un periodo de principio a fin, como si se tratara de un gobierno elegido mediante sufragio, como en el caso de los demás municipios.
El ministro Luis María Aguilar Morales consideró que debido a la vaguedad de algunos párrafos del artículo 143 de la Constitución de Quintana Roo, se debe atenerse a lo que señala el propio artículo 11 en su primer párrafo en el que dicta que los Concejos deberán ser provisionales y convocar a elecciones en un plazo de seis meses; “Yo creo que la propuesta del Ministro Parra resulta más conveniente y razonable”. “Desde abril está funcionando el Concejo, y lo único que tiene que hacer es convocar a elecciones, no le veo mayor complejidad”.
Por su parte, el ministro José Franco González Salas, se pronunció en contra de la ponencia del ministro Pardo Rebolledo, “yo sigo pensando que (la duración del Concejo) no violenta los principios de votar y ser votado de los ciudadanos, (…) los está posponiendo, bajo las circunstancias en las que empieza a operar un municipio, lo cual no parece irracional”.
La ministra Olga Sánchez Cordero, consideró que el largo periodo del Concejo viola la posibilidad de que los ayuntamientos sean gobernados por autoridades electas, y derecho, de los que así quisieran, de tener acceso a un puesto de elección popular.
El ministro Sergio Armando Valls Hernández, también se pronunció abiertamente a favor del proyecto presentado por Pardo Rebolledo.
Para declarar la invalidez de los artículos segundo y cuarto del Decreto 422, se requieren ocho votos de los 11 ministros. (Noticaribe)

Confía PRD en nuevas elecciones en Bacalar
Garantiza Borge respeto a decisión de la Corte

CHETUMAL, MX.- El gobernador Roberto Borge Angulo se congratuló porque, en una primera votación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válidos el párrafo cuarto del artículo 143 de la Constitución y el artículo 11 de la Ley de los Municipios, que sustentaron la creación del municipio de Bacalar y la integración del concejo municipal que lo gobierna.
“Queda pendiente la decisión sobre la temporalidad del concejo, de dos años y medio como lo decretó el Congreso del estado”, añadió. “Sin embargo, cualquiera que sea el sentido de esa decisión, mi gobierno siempre será respetuoso de lo que decidan instancias como la Suprema Corte”.
“Mi convicción es la de respetar siempre las decisiones de instancias superiores porque es la única forma de dar certidumbre jurídica y legal al estado”, añadió el jefe del Ejecutivo.
El gobernador señaló que en este momento lo importante es que se reconoce que la creación del municipio de Bacalar fue producto de una decisión soberana, que atendió el añejo anhelo de una comunidad que tiene la madurez suficiente para convertirse en municipio libre.
“Tampoco se puso en duda el procedimiento por medio del cual se nombró a un concejo que se encarga de la administración del nuevo municipio. Lo único pendiente es su temporalidad”.
Borge Angulo sostuvo que el Congreso del estado y los bacalarenses pueden sentirse tranquilos y satisfechos porque la creación del municipio y la designación de quienes integran su concejo fue una decisión apegada a la ley.
“No nos queremos adelantar”, continuó. “Vamos a esperar la resolución de la Corte y, en todo caso, garantizamos que será respetada”. (Fuente: Gobierno de QR)

Aún cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), no resolvió la acción de inconstitucionalidad que interpuso el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de la creación del concejo municipal en Bacalar; integrantes del sol azteca celebraron que todo apunte a que se va a convocar a elecciones en Bacalar en septiembre.
El jueves, la Corte avanzó en la revisión de este recurso de inconstitucionalidad número 8/2011 que presentó la dirigencia del PRD nacional en contra del Poder Legislativo y del Ejecutivo, pero no concluyó, el lunes retomaron el tema en sesión ordinaria; sin embargo, tampoco lo terminaron y nuevamente lo pospusieron.
En conferencia de prensa donde estuvo el diputado local Antonio Meckler Aguilera; la dirigente municipal, Haydé Saldaña y el líder estatal, Emiliano Ramos, expusieron su beneplácito al considerar que es claro que la Suprema Corte resolverá a favor.
“De acuerdo a lo que está resolviendo la Corte en este momento y en el análisis que ha hecho cada uno de los ministros está claro que van a resolver la inconstitucionalidad”, dijo Ramos Hernández.
Explicó que el Congreso del estado modificó el artículo 143 párrafo 4 y 5 con lo que se busca legitimar un concejo ciudadano nombrado, lo que dijeron que está más que claro que la Corte lo va a declarar inconstitucional.
Indicó que todo apunta a que se tendrán elecciones en septiembre en el recién creado municipio de Bacalar, donde la población va a poder elegir de manera libre a sus autoridades.
Mientras que el diputado local, Antonio Meckler aseguró que de acuerdo al análisis que hicieron de la sesión de ayer lunes, todo indica que se va a declarar inconstitucional la creación del concejo municipal en Bacalar.
Explicó que con esto el Congreso del estado, debe de aprender y no hacer en tentaciones de caer en ilegalidades.
“Lo que se puede ver claramente es que el resolutivo vendrá a favor, y el concejo municipal de Bacalar no va poder estar ahí los dos años y cinco meses, y se vislumbra que las elecciones serán antes de que cumplan seis meses las actuales autoridades”, comentó.
Destacó que el ganar la acción de inconstitucionalidad es una forma de demostrar que la democracia en el país se va consolidando.
En la sesión los magistrados de la Suprema Corte analizaron a profundidad la validez de la creación del nuevo municipio y el nombramiento del concejo municipal, sin embargo, optaron porque sea hoy martes cuando definan la temporalidad del concejo municipal sí debe quedarse o convocar a elecciones.
Hubo quienes se mostraron a favor de celebrar elecciones en la defensa de que los habitantes de Bacalar puedan ejercer su derecho a votar y ser votados así como elegir a sus propias autoridades.
Mientras que hubo quienes consideran que hay que valorar la razonabilidad de la permanencia del concejo municipal dado que se trata de un municipio nuevo y se debe optimizar el gasto público. (Fuente: El Periódico)

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