Piden detener importación del caracol rosado tras implementar veda en QR

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CHETUMAL, MX.- Los pescadores de la Cooperativa Langosteros del Caribe son los que promovieron la veda del caracol rosado (Strombus gigas), por la importancia de preservar la especie, por lo que solicitan a las autoridades que se prohíba también la importación de caracol rosado de Belice y del estado de Veracruz, puesto que los permisos propician que se venda producto capturado de manera ilegal en Banco Chinchorro, afirmó el presidente de la asociación, Jaime Flores Medina.
Expresó que son los pescadores los que dejarán de ganar dinero por la veda de cinco años del caracol rosado en los litorales de Quintana Roo, por lo que durante ese lustro se verán limitados para llevar más alimentos a sus familias, aseguró.
Flores Medina aseguró que al entrar la veda del caracol rosado del 21 de noviembre de 2012 al 28 de febrero de 2017, ahora todos se quieren colgar la medalla, como es el caso de la Reserva de la Biosfera de Banco Chinchorro, pero se debe de tener muy en cuenta que es una decisión y un logro de los pescadores de la Cooperativa Banco Chinchorro.
Asimismo, dijo que es necesario que las autoridades del Instituto Nacional de Pesca (Inapesca) no autoricen permisos para la importación de caracol rosado a Quintana Roo, para evitar que los comerciantes hagan mal uso de ellas, es decir, que vendan caracol rosado capturado de manera ilegal en Banco Chinchorro aprovechando los documentos legales.
Flores Medina afirmó que las autoridades están obligadas a levantar todo el caracol rosado que se expenda en los mercados municipales y pescaderías, pues es ilógico que al entrar una veda por cinco años el producto se tenga en exhibición.
Destacó que los pescadores de la Cooperativa Banco Chinchorro están comprometidos con el medio ambiente, es por ello, que trabajan con un modelo de pesca responsable, a pesar de que dejarán de ganar dinero, pero todo esto se hace para evitar que el caracol rosado se encuentre en las especies en peligro de extinción.
Cabe destacar que el pasado 15 de diciembre de 2011, los diputados de la XIII Legislatura del Congreso del Estado, enviaron un exhorto a la Sagarpa, la Semarnat, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, y la Comisión de Áreas Naturales Protegidas, para que establezca una veda de 5 años para la pesca comercial del caracol rosado o blanco (Strombus gigas) en todo el litoral de Quintana Roo.
El diputado presidente de la Comisión de Asuntos Agropecuarios y Forestales, Luis Alfonso Torres Llanes, promotor de la iniciativa, afirmó que de acuerdo con investigadores y expertos en el tema, los cinco años de veda podrían significar la recuperación de la población de caracol rosado en las costas de Quintana Roo.
El caracol rosado (Strombus gigas) es un molusco que habita en aguas del Mar Caribe, su distribución es amplia, pues se le encuentra desde el norte de Brasil hasta las Bahamas. Su hábitat preferencial son los fondos marinos rocosos-arenosos con vegetación, aguas limpias poco profundas, con profundidades de más de cuarenta metros.
El caracol se ha capturado y utilizado como alimento de subsistencia durante mucho tiempo en casi todos los países del Caribe, inclusive antes de la llegada de los españoles, los mayas peninsulares consumían su carne y usaban su concha como instrumento musical y moneda. Este uso era practicado también por otros habitantes prehispánicos de las islas caribeñas.
El caracol rosado fue un recurso pesquero de alta importancia comercial en el estado de Quintana Roo, pues llegó a colocarse como la segunda actividad de importancia, solamente detrás de la langosta espinosa.
Se estima que las capturas de los pescadores furtivos rebasan el triple de lo autorizado anualmente a los cooperativistas, y que la captura ilegal se compone de individuos de menos de 20 centímetro de longitud sifonal, lo que definitivamente amenaza la población del caracol.
Esta pesca furtiva produce una disminución de la densidad y el cambio en la estructura poblacional, y propicia también que las relaciones intraespecíficas se alteren, y esto es claro en la reproducción: al disminuir el número de adultos la probabilidad de encuentros reproductivos baja y, por lo tanto, se afecta la puesta de masas de huevo y el posterior reclutamiento.
En Banco Chinchorro la densidad global es de 0.117 caracoles por metro cuadrado; sin embargo, hay zonas como Cayo Centro, donde la densidad es de 0.019 caracoles por metro cuadrado por lo que habría que pensar en un mejor manejo del recurso.
El aprovechamiento de los caracoles debe hacerse con criterios de sustentabilidad, respetando las costumbres e ideologías de los primeros usuarios de este recurso.
Luis Torres Llanes afirmó que para la conservación del caracol rosado, se debe contar con una vigilancia eficiente que garantice que el recurso se maneje conforme a la ley. Es necesario, además, generar la información científica sólida que permita tener los elementos técnicos para el manejo de la especie.
Es necesario que se tenga una veda regional, y que eso impida que los malos comerciantes se escuden en documentos legales como facturas o pedimentos de compra, para justificar el producto en sus establecimientos y que fomenten con ello la pesca ilegal.
Sin embargo, ahora y debido a la sobre pesca, la población de caracol a nivel regional se ha visto afectada, a tal grado que está incluida en el apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, incluso hoy en día ha desaparecido en algunas zonas de la costa de Quintana Roo.
Se reformó el artículo 20 fracción II bis del Código Penal Federal Vigente, para imponer una pena de uno a nueve años de prisión, y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente y de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con las especies acuáticas denominadas abulón, langosta y caracol rosado o blanco dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda, en cantidad que exceda 10 kilogramos de peso, se estará a lo dispuesto en el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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