Aprueba Congreso de QR reforma político-electoral; va reelección y creación del INE

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img_1390459582_a4e815d0b69cecd1647cCHETUMAL, MX.- Con la presencia de sólo 19 diputados, en sesión extraordinaria realizada al mediodía de este miércoles, el Congreso del Estado aprobó la reforma constitucional federal en materia política y electoral, por lo que Quintana Roo se convirtió en el Estado número 18 de la Federación en avalar la reelección de legisladores y ayuntamientos, así como la sustitución del IFE por el Instituto Nacional Electoral (INE).

A partir de la aprobación de esta reforma, el Congreso del Estado deberá realizar modificaciones a la Constitución local para cambiar la fecha de la jornada electoral de la elección de gobernador, diputados locales y miembros de los ayuntamientos, para que se efectúe en el mes de junio, y para incluir la reelección de diputados locales y ayuntamientos, antes de los próximos comicios del 2016.

Para iniciar estas modificaciones, la XIV Legislatura esperará a que el Congreso de la Unión expida las leyes secundarias derivadas de esta reforma constitucional, las cuales deberán estar aprobadas a más tardar el 30 de abril de 2014.

En la sesión sólo estuvieron presentes 19 de 25 diputados que componen la Legislatura, de los cuales 18 votaron a favor de la minuta federal y uno lo hizo en contra.

Los diputados que aprobaron la reforma son del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), mientras que el que se pronunció en contra pertenece a Movimiento Ciudadano.

No asistieron a la sesión extraordinaria Cora Amalia Castilla Madrid, Berenice Polanco Córdova, Marybel Villegas Canché y Mario Machuca, del PRI; Trinidad García Argüelles, del PAN; y Hernán Villatoro Barrios, del Partido del Trabajo.

A continuación, se detallan los puntos más destacados del dictamen avalado este miércoles por el Congreso del Estado de Quintana Roo:

1. Reelección legislativa, sólo con el visto bueno de los partidos

Se aprobó la reelección de diputados y senadores hasta por 12 años, es decir, los diputados podrán ocupar el cargo hasta cuatro periodos de tres años, y los senadores, hasta dos periodos de seis años. Sin embargo, un legislador sólo podrá aspirar a reelegirse por el mismo partido que lo postuló, a menos que haya renunciado a éste antes de cumplir la mitad de su gestión.

reelección legislativa no entra en vigor para los legisladores actuales ni para los diputados federales que sean electos en 2015, sino que comenzarán a tener esa posibilidad a partir de los que sean electos en 2018, es decir, hasta que finalice el sexenio de Enrique Peña Nieto.

2. Reelección para diputados locales y alcaldes

Los congresos locales quedan obligados a legislar para introducir esta figura en sus leyes estatales, a fin de que puedan tener la posibilidad de la reelección los diputados locales y ayuntamientos que sean electos en 2016. En otras palabras, los primeros diputados y alcaldes que se quieran reelegir podrán competir en la elección local de 2019.

3. Sustituir al IFE por el Instituto Nacional Electoral

Se crea el Instituto Nacional Electoral (INE), que sustituirá al Instituto Federal Electoral (IFE). El número de consejeros subirá de nueve a 11. Se mantendrá el método de selección actual, lo que significa que seguirá eligiéndolos la Cámara de Diputados por mayoría calificada, esto es, dos tercios del pleno.

Como no se desaparecieron los organismos electorales de las entidades federativas, el INE no organizará todas las elecciones, sino que se encargará principalmente de las federales y se coordinará con los órganos estatales para las locales.

Sin embargo, podrá organizar contiendas en los estados a petición de una entidad o atraerlas cuando considere que pueda haber inequidad.

Además, el INE absorbe funciones que eran elementales de los organismos electorales locales, como capacitación electoral, ubicación de casillas y designación de los funcionarios de las mesas directivas de casillas, fiscalización de ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos.

A los organismos locales sólo les dejan las funciones de educación cívica, regular derechos y el acceso a las prerrogativas de candidatos y partidos políticos, preparación de la jornada electoral, escrutinios y cómputo de votos, y declaración de validez de elecciones.

4. Retira a los congresos la facultad de nombrar a los consejeros electorales locales

Los consejeros electorales de las Entidades federativas serán nombrados por el INE, ya no por las legislaturas, y su número se homologará a siete en todos los casos. Como consecuencia, los consejeros que integran el actual Instituto Electoral de Quintana Roo serán removidos, después de que el Congreso de la Unión emita la ley secundaria para regular los órganos electorales.

Los congresos tampoco podrán nombrar a los magistrados de los tribunales electorales, sino que ahora los nombrará el Senado.

Los actuales consejeros electorales del Ieqroo y magistrados del Teqroo continuarán en sus funciones hasta en tanto se designa a los nuevos consejeros y magistrados electorales, que ahora corresponderá a los integrantes del nuevo Consejo General del INE y al Senado de la República, respectivamente.

En cuanto a los servidores públicos de los órganos ejecutivos y técnicos del Ieqroo, éstos se incorporarán al Servicio Profesional Electoral Nacional.

5. Nulidad de elecciones en rebase de gastos de campaña “determinante” y “sistemático”

Se establece la anulación de una elección cuando haya rebase de tope de gastos de campaña o compra de propaganda en medios, siempre y cuando se determine que la falta fue “sistemática” y “determinante” para el resultado, esto es, que entre el primero y segundo lugares haya una diferencia menor al 5% de los votos.

6. Más votos para mantener un partido político

Aumenta del 2% al 3% el porcentaje de votos que un partido deberá obtener para conservar el registro nacional. Sin embargo, en los Estados a los partidos políticos nacionales no se les podrá retirar el registro, aunque no alcancen ese porcentaje de votación en las elecciones locales, lo cual les permitirá seguir gozando de financiamiento público estatal a pesar de no tener representatividad mínima en la entidad federativa de que se trate.

7. Reducen el tiempo entre la elección y la toma de protesta

Se adelanta la toma de posesión del Presidente del 1 de diciembre al 1 de octubre, a partir del mandatario que resulte electo en 2024. También se adelanta la instalación del Congreso de la Unión en años de cambio de gobierno, del 1 de septiembre al 1 de agosto, y se cambia la fecha de las elecciones federales y estatales al mes de junio.

8. Paridad entre hombres y mujeres en el Congreso

Se introduce en la Constitución el principio de paridad de las candidaturas, con lo que se quiere que las postulaciones a la Cámara de Diputados y al Senado sean 50 % para hombres y mujeres por igual.

9. Una Fiscalía General, en vez de PGR

La Procuraduría General de la República (PGR) se convertirá en Fiscalía General a partir de 2018 y tendrá dos fiscalías especializadas: una en delitos electorales y otra en combate a la corrupción. Su titular será nombrado por dos terceras partes del Senado y podrá ser removido por el presidente, con el aval de la mayoría calificada de la Cámara alta.

10. Gobiernos de coalición

Se establece la posibilidad de que el presidente entable un gobierno de coalición, cuyos términos tendrán que ser aprobados por el Congreso. Los términos y el programa de ese gobierno tendrán que ser aprobados por el Senado, que también deberá ratificar a los integrantes del gabinete presidencial, salvo a los secretarios de Defensa y Marina.

11. Ratificación del gabinete

Si no hay gobierno de coalición, la Cámara de Diputados tendrá que ratificar al secretario de Hacienda y el Senado al secretario de Relaciones Exteriores.

12. Rendición de cuentas en seguridad

El Senado tendrá que ratificar la estrategia nacional de seguridad del Presidente y éste tendría que informar anualmente de los resultados.

13. Gastos en publicidad oficial

Se establece en los artículos transitorios que se establecerá en las leyes secundarias regular la publicidad oficial, es decir, los gastos de autoridades de todos los niveles para promocionarse en medios de comunicación.

14. Autonomía al Coneval

El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) dejará de depender del Poder Ejecutivo a partir de 2018.

Con la votación de Quintana Roo, se suman 18 entidades federativas que avalan la reforma constitucional político – electoral, misma que este mismo miércoles fue declarada constitucional por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en la ciudad de México, para ser enviada al Presidente de la República a fin de que la promulgue y pueda entrar en vigor.

Antes de Quintana Roo, habían aprobado la reforma constitucional los estados de: Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Chiapas, Durango, Estado de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, con los que se tenía la mayoría calificada de 17 de 31 entidades federativas para darle validez. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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