Clausura Profepa construcción de estacionamiento en las inmediaciones del Área Natural Protegida Reserva de la Biosfera Sian Ka’an

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FELIPE CARRILLO PUERTO, MX.- La construcción de un estacionamiento ubicado a 60 metros del Área Natural Protegida Reserva de la Biosfera Sian Ka´an, y a 400 metros de la Laguna Chunyaxche, fue prohibida por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

La Profepa clausuró de manera total temporal las obras en el Ejido Chunyaxche, debido a que dichas actividades no cuentan con la autorización de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales que emite la Semarnat (Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales).

La Profepa inspeccionó dicha obra para constatar su cumplimiento a la legislación ambiental vigente para el Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales en el Ejido Chunyaxche.

Lo anterior se derivó de una denuncia ciudadana que llegó a la Procuraduría.

Durante la diligencia, esta Procuraduría observó la remoción parcial de vegetación secundaria arbórea de selva mediana subperennifolia, en una superficie total de 2 mil 400 metros cuadrados, de los cuales 900 metros se encuentran rellenos con material de sascab para el área de rodamiento y 30 cajones naturales del estacionamiento.

Asimismo, se observó que el estacionamiento cuenta con caseta de cobro y se encuentra operando, sin que al momento se acreditara la autorización de la Semarnat para el Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales, por lo que se determinó imponer la clausura total temporal de las obras y actividades realizadas.

El estacionamiento se ubica aproximadamente a 60 metros del Área Natural Protegida Reserva de la Biosfera Sian Ka´an, y a 400 metros de la Laguna Chunyaxche.

LA SANCIÓN

La sanción por el Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales, sin contar con la autorización correspondiente, puede alcanzar una multa por el equivalente de 100 hasta las 20 mil Unidades de Medida y Actualización, conforme al artículo 165, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en relación con el artículo 163, fracciones I y VII, de la misma ley. (Noticaribe)

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