Teqroo resuelve juicios para la protección de derechos políticos ciudadanos

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), desecharon dos juicios para la Protección de los Derechos Políticos Ciudadanos interpuestos por Roberto Martinez Aragón y Eréndira Arellano Torres en contra de los partidos MORENA y PRD y en un tercero, decidió sobreseer un recurso de apelación ante el desistimiento del partido MORENA.

En sesión de este  jueves, los magistrados del Teqroo resolvieron el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano número 068/2018, interpuesto por Martínez Aragón en contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, por el acuerdo de desechamiento de fecha 28 de mayo de 2018, bajo el número de expediente CNHJ-QROO-510/18.

El pleno declaró infundada la pretensión del actor de que se revoque el acuerdo recaído en el expediente arriba citado, toda vez que la firma autógrafa constituye uno de los requisitos formales indispensables para dar curso a una demanda y, en este caso, la responsable no pudo atender su demanda bajo tal circunstancia, por lo que el pleno determinó confirmar el acuerdo impugnado.

En la misma sesión pública, resolvieron también el JDC/069/2018 presentado por Arellano Torres en contra de la Comisión Electoral del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, el cual decidieron por unanimidad de votos declarar improcedente este asunto, al estimar infundados los agravios presentados por el actor.

En el caso del Recurso de Apelación identificado con la clave RAP/041/2018, interpuesto por el partido político Morena en contra de un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo, mediante el cual se determina respecto de la medida cautelar solicitada por el ciudadano Octavio Augusto González Ramos, en su calidad de representante propietario del Partido Encuentro Social ante el Consejo General del Ieqroo, en su escrito de queja, registrado bajo el número IEQROO/PES/038/18.

Los Magistrados, por unanimidad de votos, determinaron que toda vez que el actor compareció ante el Tribunal para desistirse de este Recurso de Apelación, decidieron sobreseer el asunto. (Noticaribe)

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