CHETUMAL, MX.- Tanto la sentencia condenatoria como la autorización de extradición a Estados Unidos contra el ex gobernador Mario Ernesto Villanueva Madrid serán casos atendidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según una información publicada por el periódico Reforma en su edición del lunes.
El periódico editado en la ciudad de México aseguró en su publicación que Mario Villanueva Madrid se inconformó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el acuerdo con que el Tercer Tribunal Colegiado Penal de Toluca dio por cumplida la modificación de la sentencia condenatoria que le dictó un Tribunal Unitario, ya que éste sólo le redujo la condena de 36 a 32 años de prisión.
Asimismo, sostiene que el Sexto Tribunal Colegiado Penal del Distrito Federal turnó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el expediente de un recurso de revisión contra la negativa a concederle amparo contra la autorización de su extradición a Estados Unidos, porque el ex gobernador sostiene que en su caso se ha hecho una aplicación inconstitucional de la Ley de Extradición, ya que se le quiere juzgar por los mismos delitos que en México.
El periódico de la ciudad de México publicó esta información sobre el caso de Mario Villanueva Madrid tres días después de haber dado a conocer que un tribunal federal canceló una condena de 17 años de cárcel y exoneró en definitiva a Oscar Benjamín García Dávila alias “El Rambo”, ex comandante de la desaparecida Policía Judicial Federal y quien fuera acusado por la PGR de proteger las operaciones del Cártel de Juárez en Quintana Roo.
Con esta resolución, “El Rambo” se convirtió en el enésimo acusado del llamado Maxiproceso que sale libre, siendo Mario Villanueva Madrid el único al cual las autoridades judiciales mantienen preso, mientras sus supuestos cómplices han sido exonerados y resultado inocentes.
Fue el Primer Tribunal Unitario Penal del Distrito Federal el que declaró la exoneración de “El Rambo”, en cumplimiento a una orden del Primer Tribunal Colegiado, que determinó conceder un amparo que había interpuesto la defensa de García Dávila en febrero pasado y, con ello, dejó sin efecto la reaprehensión por narcotráfico que estaba vigente contra el ex mando policiaco por narcotráfico desde diciembre pasado.
Destacó Reforma que la PGR no podrá impugnar el fallo del tribunal con que “El Rambo” fue absuelto de delitos contra la salud en la modalidad de fomento, en el denominado “Maxiproceso”, el mayor expediente contra el narcotráfico en la historia de México y que abarca a más de 100 presuntos integrantes y colaboradores del Cártel de Juárez.
La PGR siempre sostuvo que desde un alto cargo de la Policía de Quintana Roo “El Rambo” era uno de los principales protectores del capo Alcides Ramón Magaña, “El Metro”, jefe de la célula del Cártel de los Carrillo Fuentes en el Sureste, y que actuó de enlace del gobernador Mario Villanueva Madrid con el crimen organizado, cosa que no pudo comprobar.
Sin embargo, hay que mencionar que Oscar Benjamín García Dávila también tiene una condena a 13 años de prisión ratificada por el Segundo Tribunal Unitario “A” del Segundo Circuito, por los delitos de portación de arma de fuego del uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, portación de arma de fuego sin licencia y resistencia a particulares.
Esto, por las circunstancias que provocaron su detención el 15 de agosto de 1999, cuando transitaba por la avenida Fuentes de Satélite, en el municipio de Naucalpan, estado de México, pues entonces se resistió a la ejecución de una orden de aprehensión en su contra y, además de huir en su vehículo, disparó contra los elementos policiales que lo buscaban detener.
En caso contrario al de “El Rambo”, el Tribunal Unitario que revisó la sentencia condenatoria de Mario Villanueva Madrid por delitos relacionados con el narcotráfico, en lugar de revocar la sentencia condenatoria, la ratificó, sólo con la reducción de 36 a 32 años de prisión.
El Segundo Tribunal Unitario Penal del estado de México, a cargo de la magistrada Angélica Marina Díaz, redujo de 36 años 9 meses de prisión a 32 años con 3 meses de cárcel, la condena impuesta al ex mandatario estatal.
Dicha resolución fue dictada en cumplimiento a un fallo del Tercer Tribunal Colegiado Penal de Toluca, que ordenó a la magistrada Díaz emitir una nueva sentencia que estuviera basada en dos consideraciones: la comprobación de los delitos y la responsabilidad correspondiente.
Villanueva Madrid presentó una inconformidad contra un acuerdo del Tribunal Colegiado en el que da por cumplida la instrucción girada a la magistrada Díaz, porque la titular del Tribunal Unitario emitió la condena de 32 años con base en una calificativa no contemplada por el colegiado y por ello su fallo debe ser anulado.
En paralelo, también presentó un nuevo amparo contra la sentencia condenatoria.
En el caso de la extradición, el Sexto Tribunal Colegiado Penal del DF remitió el expediente a la Corte, porque la autorización emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores hace una aplicación inconstitucional de la Ley de Extradición.
El argumento del extraditable es que alguien sujeto a un proceso de esta naturaleza, no tiene un verdadero derecho de audiencia, porque el procedimiento ante el juez de distrito hoy en día no admite recurso alguno que sea favorable para el indiciado.
Si la Corte declara inconstitucional estos apartados, cancelará la entrega del sospechoso.
En caso contrario, el expediente volverá al Tribunal Colegiado, que determinará si debe ser extraditado, según lo publicado por Reforma. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)