CHETUMAL, MX.- El Congreso del Estado aprobó reformas a la Constitución Política de Quintana Roo y al Código de Procedimientos Penales de la entidad con las cuales pone fin a los “coyotes” que se hacen pasar como abogados y que en muchos casos dejan “colgados” y hundidos a sus “defendidos”; de esa forma se pretende proteger de mejor manera el derecho de los indiciados que recibirán a partir de ahora asistencia jurídica solamente de profesionales en el derecho.


Se trata de una iniciativa promovida de manera conjunta por los titulares de los Poderes Ejecutivo y Judicial de la entidad, Félix Gónzález Canto y Lizbeth Loy Song Encalada, respectivamente; quienes en su iniciativa propusieron suprimir la figura de “persona de confianza” mediante la cual se escudaban los pseudo abogados para ofrecer sus servicios a los incautos y afligidos inculpados pero que al final de cuentas solamente los esquilman y provocan su encarcelamiento definitivo aun sin ser culpables del delito que se les imputa.
Hasta antes de la reforma, tanto la Constitución Política del Estado, en su artículo 28, y el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Quintana Roo, establecían que todo inculpado puede ser asistido por su defensor o “persona de su confianza”, permitiendo con ello que en muchas de las ocasiones sean violentadas las garantías del inculpado al establecerse una defensa inadecuada.
De hecho, con las reformas en la materia que fueron aprobadas durante la sesión ordinaria de este jueves se homologan ambos ordenamientos a lo ya legislado a nivel federal por el Congreso de la Unión que ya ha legislado al respecto al considerar que el sistema penal mexicano es inquisitivo y que esa práctica debe ser erradicada, toda vez que cuando se hace referencia al indiciado, “éste es culpable hasta que se demuestre lo contrario”.
Con las reformas establecidas se procura una mayor protección a las garantías individuales del inculpado, que aunque se encuentra en esta calidad, no deja de ser un sujeto de derechos y que debe ser defendido por una persona totalmente capacitada y con los conocimientos suficientes para poder actuar en su defensa.
De esa manera, el artículo 28 de la Constitución Política del Estado establece ahora que dentro de sus garantías el inculpado: “desde el inicio de su proceso será informado de los derechos que en su favor consigna esta Constitución y tendrá derecho a una defensa adecuada por abogado con cédula profesional debidamente registrada ante autoridad competente al efecto, que lo acredite como Licenciado en Derecho, al cual elegirá libremente incluso desde el momento de su detención. Si no quiere o no puede nombrar defensor, después de haber sido requerido para hacerlo, el juez o tribunal le designará un defensor de oficio. También tendrá derecho a que su defensor comparezca en todos los actos del proceso y éste tendrá la obligación de hacerlo cuantas veces se le requiera…”.
Por otra parte, el Congreso del Estado aprobó un punto de acuerdo por el cual se adhiere a lo acordado por las legislaturas de los Estados de Chihuahua y Puebla que propusieron una iniciativa de decreto para reformar la Ley General de Desarrollo Forestal y un exhorto al Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso que administrará el fondo de apoyo social para extrabajadores migratorios mexicanos para que expida un listado de los beneficiarios; respectivamente.
Además, la Legislatura dio entrada a una iniciativa de decreto para reformar varios artículos de la Ley para la Prevención y la Gestión Integral de Residuos del Estado de Quintana Roo, propuesta por el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y que fue turnada a las comisiones de Ecología, Asuntos Agropecuarios y Pesca, y de Puntos Legislativos, para su análisis y posterior dictamen. (Fuente: Congreso de Quintana Roo)

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