CHETUMAL, MX.- El Congreso del Estado aprobó la creación de un nuevo delito dentro del Código Penal del Estado de Quintana Roo mediante el cual se castigará hasta con tres años de prisión a quien realice actos de discriminación por cuestiones de sexo, edad, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, orientación sexual y posición social, entre otros.
Se trata de una iniciativa propuesta por la diputada María Hadad Castillo, integrante del grupo parlamentario del PRI y que durante la sesión de este día fue aprobada en forma unánime, en la cual se establece la adición de un nuevo capítulo dentro del Código Penal para el Estado de Quintana Roo que se refiere a la discriminación.
En ese capítulo se establece la creación del nuevo delito que tiene como artículo 124 Bis en el que se menciona que: “Se impondrá de uno a tres años de prisión o de veinticinco a cien días de trabajo a favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días a quien con el objeto de anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas en razón de su edad, sexo, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad o estado de salud o cualquier otra que atente contra la dignidad humana:
I. Provoque o incite al odio o a la violencia;
II. Niegue a una persona sin justificación razonable, la prestación de un servicio al que tenga derecho. Para los efectos de esta fracción, se considera que toda persona tiene derecho a los servicios que se ofrecen al público en general;
III. Veje o excluya a alguna persona o grupo de personas; o
IV. Niegue o restrinja derechos laborales.
Además, en el referido artículo se establece que si la persona que incurre en actos de discriminación es un funcionario público, la pena se aumentará “hasta una mitad más”, y se le impondrá la inhabilitación en el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.
Cabe señalar que este delito es considerado como no grave y solamente será perseguido por querella necesaria, es decir, mediante denuncia formal de la víctima del delito.
De acuerdo al dictamen y a la iniciativa, los estados de Aguascalientes, Colima, Coahuila, Chiapas, Distrito Federal, Durango y Veracruz, ya han tipificado la discriminación como delito dentro de sus respectivos códigos penales, reforzando con ello la garantía individual establecida en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se establece que “Queda prohibida toda discriminación…que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas”. (Fuente: Congreso de QR)