CHETUMAL, MX.- Las madres trabajadoras de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y de los Ayuntamientos de la entidad, podrán gozar de mayores prerrogativas a las establecidas constitucionalmente, de acuerdo a las reformas que fueron aprobadas en sesión del Congreso del Estado a la Ley de los Trabajadores en el ámbito burocrático.
De acuerdo a la iniciativa que hoy fue aprobada, la protección de la maternidad y paternidad de los trabajadores al servicio de los tres Poderes del Estado, los ayuntamientos y organismos descentralizados de la entidad, constituye un elemento esencial respecto de la igualdad de oportunidades para ambos géneros.
Por ello, los legisladores integrantes de la XII legislatura del Estado de Quintana Roo decidieron actualizar y de esta manera mantener vigente y a la vanguardia el marco normativo del Estado en materia de maternidad, descansos y prerrogativas para quienes laboran en la burocracia, a fin de que la diferencia de géneros sea menos y en todo caso, se mejoren las prestaciones para las madres trabajadoras.
Con las reformas aprobadas a la ley referida, se estableció la necesidad de que las madres trabajadoras puedan retener a su favor las cuatro semanas que de por sí establece la ley para las madres trabajadoras previas al día del parto, aún y cuando el parto sea prematuro y no haya podido computarse ese beneficio a su favor, de tal forma que con los ajustes legales las cuatro semanas de descanso que por derecho le correspondían puedan ser acumuladas posteriores al parto.
En relación a las horas de lactancia actualmente la ley en la materia contempla dos periodos de media hora como descanso en la jornada laboral para que la madre trabajadora pueda alimentar al hijo recién nacido, pero los legisladores consideraron que ese tiempo es en ocasiones muy corto para que la madre pueda cumplir con su deber para con el menor si éste se encuentra en un lugar demasiado alejado de su centro de trabajo, por lo que se estableció en ley que la madre trabajadora podrá utilizar una hora completa para ese fin ya sea al inicio o al final de la jornada laboral.
En caso de dar a luz o aceptar una adopción, se considera ahora que la licencia materna se contemplen otras modalidades que favorezca a la mujer trabajadora en casos especiales como lo es que el adoptado presente alguna discapacidad o en caso de que el esposo o concubino fallezca y se cuenten con hijos menores de edad, a fin de que la madre trabajadora pueda brindar el apoyo necesario al menor en situación especial, sin afectar de manera alguna su sueldo y por ende la economía familiar.
Cabe señalar que de acuerdo a la ley reformada, las licencias tanto de maternidad como de paternidad -que también contempla esa norma- estarán consideradas independientemente a los periodos de vacaciones que estipula la ley actualmente, y en casos de aborto se otorgará una semana de descanso a la mujer con el pago de salario integro, y al hombre trabajador, en solidaridad con su esposa o concubina y como apoyo para la mujer se le otorgarán dos días de descanso con el pago de su salario integro.
En otro orden de ideas los legisladores aprobaron dos puntos de acuerdo enviados por el Congreso del Estado de Aguascalientes a los cuales se adhirieron, por los cuales solicitan al titular del Poder Ejecutivo Federal que instruya a Liconsa, a fin de que adquiera para sus programas de abasto social, cuando menos el 70 por ciento de la producción nacional de leche fluida y pura de vaca, a precio razonable; el otro punto de acuerdo establece la necesidad de que los ex braceros migratorios mexicanos puedan cobrar en una sola exhibición su pago. (Fuente: Congreso de QR)