CHETUMAL, MX.- El consejero electoral Rafael Guzmán Acosta, presidente de la Comisión Jurídica del Instituto Electoral de Quintana Roo, informó que está abierto el plazo para la presentación, ante el Consejo General del Ieqroo, de las solicitudes de personas físicas o morales que deseen participar en la realización y publicación de encuestas, sondeos de opinión, encuestas de salida o conteos rápidos.


Explicó que las encuestas o sondeos de opinión son los estudios que realizan las empresas y organizaciones registradas ante el Instituto, a fin de conocer la preferencia político-electoral de la comunidad; en tanto que las encuestas de salida es la actividad que realicen las empresas y organizaciones autorizadas por el Consejo General del Instituto Electoral, para conocer la preferencia electoral de los ciudadanos que así deseen manifestarlo, después de que éstos han emitido su voto el día de la jornada electoral.
Los conteos rápidos es la actividad que realizan las empresas y organizaciones autorizadas por el Consejo General del Ieqroo, para conocer de manera parcial o total, la suma de los resultados electorales publicados en el exterior de las casillas, los cuales no tendrán el carácter de oficiales.
“A partir del 6 mayo inicia del plazo que tienen las personas físicas o morales acreditadas ante el Instituto para realizar encuestas o sondeos de opinión para dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos”, apuntó.
Dijo que los realizadores de encuestas adoptarán por lo menos los criterios generales de carácter científico, que para tal efecto determine la Junta General del Instituto, previa propuesta de metodología, la cual, si se difundiera por cualquier medio, quedará obligado a difundir la metodología empleada y el grado de confiabilidad.
Asimismo, explicó que la Ley Electoral también establece sanciones a los medios informativos que hayan publicado o difundido un sondeo o encuesta, violando las disposiciones de la ley, sin menoscabo de las sanciones civiles o penales a que haya lugar, y además estarán obligados a publicar y difundir en el plazo de tres días las rectificaciones requeridas por la Junta General del Instituto, anunciando su procedencia y el motivo de su rectificación.
Por último, el consejero electoral presidente de la Comisión Jurídica del Ieqroo, Rafael Guzmán Acosta, refirió que el Artículo 146 de la Ley Electora, las encuestas o sondeos de opinión, podrán realizarse a partir del inicio de las campañas políticas; durante los ocho días naturales previos al de la jornada electoral y hasta cuatro horas después del cierre oficial de las casillas, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos. (Fuente: Diario de Quintana Roo)

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