CANCÚN, MX.- Por posible afectación de vegetación de manglar en el hotel Azul Beach, inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuraron temporalmente los trabajos que se realizaban en un predio localizado frente al hotel mencionado en la zona conocida como Bahía de Petempich a la altura del kilómetro 27.5 de la carretera federal Chetumal, tramo Cancún-Tulum.
El 2 de noviembre, personal de la Profepa acudió a constatar los trabajos de nivelación con material de relleno conocido como sascab, en una superficie toral de 2 mil 214.92 metros cuadrados de manglar blanco y rojo.
En el lugar se levantó acta circunstanciada, debido a que los trabajos ilegales se estaban haciendo dentro de una zona inundable de temporada y donde hay palma chit, especie que se encuentra en la Norma-059-Semarnat-2001, bajo la categoría de amenazada.
Asimismo, los empleados de la dependencia mencionada localizaron una maquinaria pesada conocida como motoconformadora color amarillo, por lo que se determinó en el acto, imponer como medida de seguridad la clausura temporal de los trabajos y actividades, así como el aseguramiento precautorio de la maquinaria pesada encontrada en el lugar. Lo anterior, con fundamento al Artículo 16 fracción I y II y 162 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
El vocero de la Profepa, Freddy Aguilar Quijano informó que en estos momentos realizan inspecciones y atienden denuncias ciudadanas ante irregularidades que se presenten.
Asimismo el pasado miércoles, inspectores de la misma dependencia clausuraron el predio del hotel Cancún Marina Club, ubicado en el bulevar Kukulcán kilómetro 5.5, por violar la normatividad ambiental al no tener autorización de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) por la autoridad federal, para la realización de trabajos o remodelación del inmueble mencionado. Por esta situación se procedió a la clausura parcial temporal, como medida de seguridad.
De la inspección del predio como su área federal colindante se desprende que se localiza en una zona sujeta a un crecimiento y desarrollo inmobiliario turístico constante, lo cual ha provocado una perturbación de tipo antropogénico en los ecosistemas originales que en un principio existían en la zona y esto no permite o no ha permitido el desarrollo de dichos ecosistemas.
En la inspección verificaron las obras y actividades de construcción, mismas que debían cumplir con los términos y disposiciones en materia ambiental, así como la implementación de las medidas adecuadas de prevención para evitar impactos ambientales ocasionados por las obras y actividades referidas. Sin embargo, no contaban con los permisos, ni con la MIA para poder hacer la remodelación de sus obras.
El objetivo de la MIA es evaluar, mitigar y comunicar las afectaciones que potencialmente puede producir un proyecto en los componentes naturales físicos y sociales del ambiente.
Las MIA se aplican en la mayoría de los países. En México, aunque los estudios enfocados a evaluar los impactos producidos por los proyectos de desarrollo ya se hacían con anterioridad, su implementación legal queda formalmente establecida en 1982 con la promulgación de la Ley Federal de Protección al Ambiente y se fortaleció en 1988 con la expedición de la Ley General del Equilibrio Ecológico (LGEEPA) y el Reglamento en Materia de Impacto Ambiental. En estas disposiciones se tipifican las actividades que requieren de estudios de impacto ambiental y en función de los efectos que pueden ocasionar, se establecen distintas modalidades de estudio. Estos estudios son realizados generalmente por consultores o instituciones académicas, los cuales son pagados por la empresa proponente del proyecto de desarrollo en cuestión. (Fuente: SIPSE/Novedades de Quintana Roo)