Plantea Corte invalidar proyecto del PDU de Tulum para respetar el Parque Nacional

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MÉXICO.- El ministro ponente del proyecto, Sergio Valls, propuso declarar inválido un acuerdo del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulum 2006-2030 (PDDU), mediante el cual se redujo la categoría del terreno protegido a “Parque Natural”.


Esta condición permitiría la construcción de inmuebles y desarrollos turísticos en la zona, advirtió el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) promovió una controversia constitucional contra el acuerdo del PDDU, pues a su parecer el cabildo de ese programa se excedió en sus facultades al modificar la categoría de los terrenos que ocupan el Parque Nacional Tulum y la zona arqueológica de Tulum-Tankah.
Al considerar procedente y fundado el recurso, Valls Hernández sostuvo que el PDDU omitió aplicar la Ley General de Bienes Nacionales, respecto a las zonas que pueden pertenecer a programas de desarrollo urbano.
Ello al pretender incluir en su jurisdicción áreas que están bajo la tutela de los poderes federales y que se integraron a la nación por expropiación.
Al presentar su proyecto, explicó que la Constitución establece que son bienes nacionales sujetos al régimen de dominio público de la Federación los bienes considerados de uso común, como monumentos arqueológicos, plazas, paseos y parques públicos cuya conservación esté a cargo del gobierno federal.
Aunque la Carta Magna permite a los municipios la formulación, aprobación y administración de la zonificación y los planes de desarrollo urbano municipal, constituyéndose así un régimen a favor del fortalecimiento de la autonomía municipal, ésta atribución no es absoluta e irrestricta.
Agregó que los bienes nacionales están sujetos al régimen del dominio público de la Federación, que aun cuando están ubicados en la jurisdicción municipal, el Estado es el que ejerce jurisdicción respecto de aquéllos.
De igual forma limita la facultad a los municipios para formular, aprobar y administrar la zonificación, así como los planes de desarrollo urbano en la región.
En este sentido, Valls recordó que desde el 23 de abril de 1981 el gobierno federal expropió por causa de utilidad pública lo que hoy se conoce como Parque Nacional Tulum y Zona de Monumentos Arqueológicos Tulum-Tankah, por lo que es inválida el acta del PDDU que incorpora estas áreas al centro de población de Tulum.
Esas áreas son consideradas naturales protegidas, por lo que es contrario a las facultades con las que cuenta el municipio de Solidaridad cambiar la categoría de Parque Nacional a la de Parque Natural, como le fue asignada por el PDDU, acción que de acuerdo a la Federación y al ministro ponente es inconstitucional. (Fuente: Notimex)

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