Reconocen “lagunas” en la creación de nuevos municipios

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CHETUMAL, MX.- “La Constitución estatal tiene lagunas en cuanto a la integración de un Concejo Municipal en caso de creación de un ayuntamiento, por eso es urgente reformarla”, declaró el coordinador de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN), en la XII Legislatura del Congreso local, José Hadad Estéfano.

Espera el PAN publicación de creación de Bacalar para impugnar

CANCÚN, MX.- El líder municipal del Partido Acción Nacional, Eduardo Martínez Arcila, aseguró que en cuanto se publique en el Diario Oficial la creación del municipio de Bacalar, presentarán una acción de inconstitucionalidad, que deberá ir firmada por su dirigente nacional, Gustavo Madero.
Reiteró que su partido no está en contra de la creación de Bacalar como décimo municipio, porque “Otón P. Blanco nunca ha tenido la capacidad de dar el servicio a toda esa zona y estamos favor”, sin embargo, en lo que no están de acuerdo es en que se nombre un Consejo para la totalidad del periodo constitucional de un municipio.
“Los consejos ciudadanos son transitorios, esa es su naturaleza, entran en funciones cuando desaparece un ayuntamiento, cuando renuncia la mayoría o cuando llegado el momento de la elección el cabildo no toma protesta, es entonces que entra el consejo, es una medida temporal, no permanente y puede ser por 60, 90 días o por seis meses”.
Martínez Arcila reprochó que el gobierno del estado pretende darle al Consejo todo un periodo constitucional, “porque va a entrar igual que los demás ayuntamientos y va a terminar igual, le están dando un gobierno provisional, no puede ser”, enfatizó.
El albiazul recordó el caso de la creación del municipio de Tulum, donde se nombró un Consejo por seis meses, y después se convocaron elecciones extraordinarias. (Noticaribe)

El diputado panista, reconoció que existe un acuerdo entre los coordinadores de las fracciones parlamentarias, por lo menos del PRD, PT y PAN para hacer dichas reformas a la Constitución a la brevedad posible, pues por tratarse de una reforma constitucional se tiene que enviar a los ayuntamientos para que a su vez la aprueben o rechacen.
Apuntó que las modificaciones son necesarias después de la aprobación de creación del municipio de Bacalar y sobre todo porque existen voces incluso dentro de su partido que impugnarán el decreto de creación al considerar que el Concejo Municipal violará principios constitucionales debido a que estará en funciones por más de dos años.
Sin embargo, José Hadad sentenció que ni en la Constitución, la ley orgánica del Poder Legislativo ni en la ley de los municipios, se especifica la manera ni duración de un Concejo Municipal en caso de creación de un municipio.
La Constitución sólo precisa en el caso de que un ayuntamiento no se integre, pues dice que cuando no se hubiere verificado la elección en la fecha que debe renovarse el ayuntamiento, o efectuada ésta, no se presentaren sus miembros a tomar posesión de su cargo, o se diera la renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus integrantes y conforme a la ley no procediera que entraren en funciones los suplentes, la Legislatura del estado o la Diputación Permanente, en su caso, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros, nombrará un Concejo Municipal que asumirá provisionalmente las funciones del ayuntamiento, y convocará a elecciones extraordinarias para elegir a los integrantes del ayuntamiento que habrán de entrar en funciones en un plazo no mayor de seis meses a partir de la fecha en que se haya emitido la declaratoria respectiva.
El mismo procedimiento se seguirá cuando por cualquier causa desaparezca el ayuntamiento dentro del primer año de su ejercicio o cuando la elección se declare nula. En este último caso, deberá de emitirse la convocatoria respectiva dentro de los tres días siguientes a los que se haya recibido la notificación que declare firme para todos los efectos legales la nulidad de la elección.
Cuando la desaparición del ayuntamiento se dé en los dos últimos años del período del gobierno municipal, la Legislatura del estado o la Diputación Permanente, en su caso, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros y a propuesta de los grupos parlamentarios, nombrará de entre los vecinos a un Concejo Municipal que concluirá el período respectivo. (Fuente: El Periódico)

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