CHETUMAL, MX.- La recomendación emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de la Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE) por su actuación en el caso “Kalimba”, mantiene abierta la investigación. Diputados locales intervinieron al considerar que es “grave” que una institución como la CNDH considere que se causó daño moral a la parte acusadora, que en este caso es una menor de edad.

Confirman sanción a custodio por tomarse una foto con Kalimba

CHETUMAL, MX.- La Secretaría de Seguridad Pública determinó sancionar al custodio Lestat Lugo Leal, quien se tomó una fotografía con Kalimba en el interior del Cereso de Chetumal y la hizo circular en Facebook.
Luego de dos meses de ocurrido el hecho, se informó que al dar a conocer dicha fotografía Lugo Leal incurrió en una falta administrativa al reglamento de la Secretaría de Seguridad Pública. La situación no amerita que sea dado de baja, pero sí será sancionado con arresto y el pago de una multa.
Así, al custodio se le arrestará por unos días, es decir, trabajará sin salir de su área y se le aplicara una pena económica que podría ser la suspensión de su salario hasta por 90 días.
La directora jurídica de la Secretaría de Seguridad Pública, Margarita González López, envió una notificación a la dirección del Cereso para que se apliquen las sanciones.
La funcionaria indicó que dentro de las recomendaciones emitidas a las autoridades carcelarias está el reforzamiento de las medidas de seguridad en torno a los custodios, quienes tienen prohibido introducir teléfonos celulares al interior del penal. (Fuente: Diario de Yucatán)

El diputado presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Décima Tercera Legislatura, José Alfredo Contreras Méndez, convocó al procurador de Justicia, Francisco Alor Quezada, y al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo (Cdheqroo), Enrique Mora Castillo, para encabezar una reunión y se le informe del caso.
El encuentro se desarrollará durante la presente semana, aunque no se ha definido la fecha, pues los funcionarios convocados aún no confirman su asistencia.
El pasado viernes, el presidente de la CNDH, Raúl Plascencia Villanueva, envió al gobierno de Quintana Roo, una recomendación fundada en irregularidades y violaciones a las garantías individuales de la parte afectada en el caso “Kalimba”.
Tal apercibimiento ordena se investigue al procurador de Justicia por las omisiones durante el desarrollo del caso, cuando Alor Quezada declaró que no presentaría la apelación contra el auto de libertad obsequiado por el juez Daniel Farah Godoy, a pesar de que la parte acusadora lo exigía.
El diputado destacó que el objetivo de la reunión es acatar la ley y garantizar los derechos de las víctimas. (Fuente: SIPSE/Novedades de Quintana Roo)

Exhibe CNDH irregularidades

CHETUMAL, MX.- La recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitida en el caso Kalimba estuvo bien fundada y motivada, pues se hicieron los análisis lógico – jurídicos de todas las irregularidades en que incurrieron el Juez Segundo de lo Penal, Daniel Farah Godoy, y la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), “tal como lo manifestamos en su momento, de que es algo inaudito ese auto de formal libertad por falta de elementos que el Juez dictó al cantante, porque nunca fueron desvirtuados los elementos que le sirvieron a él para obsequiar la orden de aprehensión”, expresó Leopoldo Herrera Manzanilla, abogado de la joven agraviada, cuya protección como víctima no fue garantizada por las autoridades.
Recordó que la CNDH a través del perito criminalista que utilizó, precisó que la coloración violácea que presenta en el brazo derecho la agraviada puede ser producida por el codo o forzamiento que le hizo el presunto responsable.
“Ese análisis el juez lo hizo en su orden de aprehensión, luego lo desvirtuó a motu propio, y esto quiere decir que ese auto de formal libertad estuvo plagado de irregularidades, tal como lo he manifestado, que es algo inaudito, porque hubiese sujetado a proceso a Kalimba”, precisó Herrera Manzanilla.
“Y el Juez tampoco le da verosimilitud a la declaración de la agraviada, cuando en el análisis sicológico de parte de la Comisión Nacional dice que la joven presenta síntomas de haber sido agredida sexualmente, corroborado con el examen ginecológico y proctológico, así como sicológico de la PGJE.
“Así como la inspección con el carácter de reconstrucción de hechos que fue una prueba ilícita porque no fue realizada conforme a derecho, no se observaron los lineamientos respectivos”, lamentó el abogado.
“No creemos de que esta recomendación vaya a influir en la resolución de los magistrados que tienen el caso, porque lo que debe de influir es la razón y quien tiene la razón es la víctima, porque está acreditado en autos de que le fue impuesta la cópula y lo que debe de prevalecer es la justicia y el derecho; por lo tanto, consideramos que los magistrados deben de revocar ese auto de libertad a un auto de formal prisión para que sea sujeto a proceso penal el cantante”, prosiguió.
“Ya en una sentencia el juez podrá determinar si el cantante es o no es responsable del delito de violación cometido en agravio de la joven”, asentó el abogado.
Reiteró que existen los elementos suficientes para que se haya dictado el auto de formal prisión al artista, porque la defensa en ningún momento desvirtuó los elementos que sirvieron al juez para librar la orden de aprehensión.
“Aquí sólo con la simple inspección con el carácter de reconstrucción de hechos fue lo que le sirvió al juez para dejar en libertad al presunto violador, aunado a los testigos que pudieron haber sido aleccionados y preparados para que manifestaron eso, porque el inculpado nunca los presentó en la averiguación previa y hay una jurisprudencia al respecto que se podía entender, que presentar testigos extemporáneos pueden ser aleccionados por la defensa.
“Porque los testigos dicen que no vieron a la agraviada en loby del hotel pero tampoco refieren dónde se encontraba la menor de 07:00 a 12:00 horas y entonces existen los indicios suficientes que concatenados entre sí dan la prueba circunstancial, que es la reina de las pruebas, y esto quiere decir que está acreditada su probable responsabilidad en el delito de violación cometido en agravio de la menor.
“Por lo tanto, actuando conforme a derecho y con justicia, sin dejarse de influenciar por la recomendación que está bien fundamentada, debe de ser revocado el auto de formal libertad”, detalló.
“Y no dejarse por el nombre de que se trate, de Kalimba, agarren a los magistrados, se sientan intimidados y confirmen el auto, aquí deben de actuar conforme a derecho, de acuerdo a la ley, de la jurisprudencia y de acuerdo a la costumbre como una fuente del derecho, que se ha visto y a la reforma que se hizo, basta con la simple imputación de la agraviada concatenada con otros elementos de prueba para que éstas sean verosímiles y sirvan para librar una orden y para dictar un auto de formal prisión”, concluyó Herrera Manzanilla.
Por otro lado, explicó que el magistrado Fidel Villanueva Rivero a quien le tocó hacer la ponencia del caso Kalimba, se ha caracterizado en que por menos elementos últimamente ha revocado sentencias absolutorias por el delito de violación, pues recientemente revocó una sentencia absolutoria por el delito de violación con la simple imputación de la ofendida. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

Comentarios en Facebook