CANCÚN, MX.- Sin tomar en cuenta el delito de delincuencia organizada, el Juez Tercero de Distrito giró orden de aprehensión por el delito de acopio de armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en su modalidad de posesión de cartuchos, en contra de Víctor Emmanuel Delgado Medrano (a) “El Chumil” y sus tres cómplices; todos detenidos el pasado 24 de marzo en una casa de seguridad de la Región 503.
Grave, muy grave resulta la actuación de las autoridades federales que no contemplaron el delito de delincuencia organizada porque representa un enorme descaro y que deja a la sociedad en un estado de indefensión, editorializó el periódico Por Esto!
La agrupación delictiva que encabezaba “El Chumil” esta ligada a una serie de asesinatos y ejecuciones y el ministerio público del fuero común, en la Procuraduría General de la República (PGR) descaradamente ignoró esta asociación delictuosa.
Lo peor es que solo se ocupa de elaborar una endeble acusación sin tomar en cuenta todo el daño que el grupo de “Los Zetas” encabezados por “El Chumil” causó a la sociedad y directamente a los cancuneneses.
A 15 días de que el Ejército detuviera a Víctor Emanuel Delgado Medrano (a) “El Chumil”, Ramsés Fernando Arreola Sánchez (a) “El Ramsés”, Jesús Omar Campos Hernández (a) “El Grande” y José Salvador Reynaga Zúñiga (a) “El Gordito” y/o “Chava” y/o “El “Gordo”, la Procuraduría General de la República (PGR) dio a conocer que el Juez Tercero de Distrito giró una orden de aprehensión en su contra por el delito de acopio de armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en su modalidad de posesión de cartuchos.
Dicha orden de aprehensión fue cumplimentada por elementos de la Policía Federal Ministerial en la cárcel pública de Cancún, en donde se encuentran recluidos los cuatro inculpados, desde que fueron consignados por el Ministerio Público del Fuero Común por el delito de secuestro.
“El Chumil” y sus tres cómplices fueron detenidos el pasado 24 de marzo en una casa de seguridad ubicada en la Región 503, manzana 6, lote 13, en la calle Tixcacal Guardia.
Elementos del Ejército llegaron hasta el lugar en donde, además, lograron rescatar a la socia taxista Dora Aidé Trujillo Cruz, quien permaneció 20 días secuestrada.
El día de la detención, el Ejército aseguró, además, cuatro armas largas, cuatro armas cortas, 23 cargadores de diversos calibres, 530 cartuchos útiles de diversos calibres, dos playeras con logotipos insignia de la Policía Federal, tres gorras con logotipos insignia de la Policía Federal, una placa con las siglas SSP, una fornitura color negro y una granada defensiva.
Los detenidos fueron puestos a disposición del Ministerio Público del Fuero Común, quien los consignó después por el delito de secuestro y todos fueron llevados a la cárcel de esta ciudad, en donde el juez primero de lo penal les dictó auto de formal prisión al vencerse la ampliación del término de 72 horas que los detenidos solicitaron.
La Procuraduría de Justicia del Estado dio vista a la PGR y a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), recibiendo copia de las declaraciones de los cuatro detenidos.
El agente del Ministerio Público de la Federación integró la averiguación previa AP/ PGR/ QROO/ CAN/ 261/ 2011 por los hechos y fue hasta ayer que la PGR informó sobre la orden de aprehensión girada por el juez tercero de distrito.
Sin embargo, una vez más el ministerio público federal no aplicó el delito de delincuencia organizada, a pesar de que en sus declaraciones, los inculpados aceptaron formar parte del grupo delictivo de “Los Zetas” que opera en Cancún.
En la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se establece claramente este delito en el artículo dos: “Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada”.
En el párrafo II, se establece el delito de Acopio y tráfico de armas, previstos en los artículos 83 bis y 84 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Dichos artículos señalan como acopio la posesión más de cuatro armas de uso exclusivo del Ejército y al momento de la detención de ·”El Chumil” y sus cómplices tenían en su poder cuatro armas largas y cuatro armas cortas, todas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)