Dan orientación para reclamar fondos de vivienda no ejercidos

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CANCÚN, MX.- Son docenas, quizá cientos los ex trabajadores que iniciarán sus procesos jurídicos para reclamar sus aportaciones que hicieron durante su vida laboral para el otorgamiento de un crédito de vivienda.


De acuerdo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en el estado (Profedet), ya se tienen 45 expedientes en puerta, 15 juicios iniciados y se estima que se estarán atendiendo un promedio de cinco casos por semana.
El procurador de la Profedet, Gustavo Lara López, informó que a raíz de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que era inconstitucional el artículo octavo de la Ley del Infonavit de 1997, toda persona que realizó aportaciones al Infonavit durante su vida laboral, tiene derecho a la devolución de los ahorros que realizó en los años de trabajo y que nunca aplicó.
Este recurso se puede otorgar a personas que sufrieron un accidente de trabajo y fueron pensionadas; a las personas retiradas por estado de invalidez, que determina el propio Instituto Mexicano del Seguro Social; las personas que se pensionaron por cesantía y finalmente por fallecimiento, donde es el beneficiario (esposa, hijos o en su caso padres del fallecido) puede hacer el reclamo.
La devolución procede cuando todo aquel pensionado, jubilado, retirado o beneficiario, no utilizó el ahorro para la vivienda durante su vida laboral, por lo que tiene derecho al reclamo y devolución de los recursos.
Si bien, el procurador detalló que hay un proceso jurídico que se puede seguir en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje mediante juicios ordinarios para el reclamo de estos recursos con una petición directa al Infonavit y al Afore de parte del asegurado, estos procesos que no se realizaron en los primeros 15 días después de que se dictaminizó la pensión de parte del IMSS, podían llevar un término de tres a cuatro años, por lo que la Profedet determinó proceder directamente a fin de que el beneficiario solicite la devolución de su dinero con una carta directa al IMSS; que si bien puede ser rechazada, con ello se puede promover un juicio de amparo indirecto en los Juzgados de Distrito del Poder Judicial, que lleva un término de 60 días para resolverse y un plazo de 10 días más para la devolución de los recursos.
La recomendación, en caso de que apenas se esté en proceso de pensión, es acudir en un término de 15 días hábiles de la resolución de pensión para que se inicie el proceso de devolución del ahorro de vivienda que se logró durante la vida laboral. En caso de que ya haya pasado más tiempo, de cualquier forma se puede acudir a la Profedet, donde será orientado para iniciar el proceso.
El procurador estimó que en el estado deber ser cientos de casos los que se encuentran en esta situación, toda vez que muchas personas que hicieron su vida laboral en otros lugares, ahora habitan en estos municipios, por lo que es importante estar atentos.
En cuanto a los procedimientos, informó que el primer paso es acudir a la Profedet donde se recibirá atención directa sin costo alguno, para que tampoco el beneficiario se deje sorprender por alguna persona ajena a la dependencia federal. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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