CANCÚN, MX.- El Juzgado Tercero de Distrito con sede en Cancún, a cargo de la licenciada Ana María Nava Ortega, le negó la suspensión definitiva al proxeneta argentino Raúl Luis Martins Coggiola en torno a la solicitud de amparo en contra del juez Primero de Distrito Especializado en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones en el Distrito Federal que el acusado por varios delitos federales había gestionado de acuerdo al expediente 134/2012.


De acuerdo a la lista de estrados del Juzgado Tercero de Distrito publicada este miércoles, se pudo ver que en la lista 61, se encuentra el expediente 134/2012 promovido por el señor Raúl Luis Martins Coggiola, quien solicita la protección de la justicia federal en contra del juez Primero de Distrito Especializado en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones en el Distrito Federal.
De esta manera, la juez de la causa una vez hecha la solicitud de información a cada una de las partes y valorar todo el expediente, con fecha de 28 de febrero del 2012, acuerda: “Se resuelve: Único.- se niega la suspensión definitiva”.
Abogados consultados para que explicaran a detalle sobre este acuerdo, afirmaron que “la respuesta concisa es: Perdiste el Juicio de Amparo”.
Pero un poco más detallada, señalan que el amparo es un medio de tutela de la legalidad y constitucionalidad de los actos que ejerce una autoridad. Este medio se caracteriza por ser un proceso que culmina (como todos los procesos) en un juicio del que emana una sentencia.
Así, en el Juicio de Amparo, existe un incidente denominado “incidente de suspensión del acto reclamado”, el cual consiste en que se suspenda (suspender supone mantener las cosas en el estado en que se encuentran), es decir no se haga efectivo, un determinado acto de autoridad a fin de que no afecte la esfera jurídica del gobernado”.
Y agregan que el juicio de amparo tiene como fin dar una protección al gobernado, denominado en el juicio de amparo como “quejoso”, contra los actos de autoridad que violen la ley y/o la Constitución, así que el juez de Distrito o el Tribunal Colegiado de Circuito, revisa el acto reclamado del cual se duele el quejoso para asegurarse de que está ajustado a Derecho.
Si el quejoso no demuestra que el acto de autoridad reclamado como ilegal o anticonstitucional, se negará la suspensión definitiva del acto reclamado y esto, fue lo que sucedió con el proxeneta argentino, Raúl Luis Martins Coggiola.
Y es que, como bien se sabe, han sido innumerables las ocasiones en donde dicho personaje solicita la protección de la justicia federal por diversos actos de distintas autoridades y entre estos, se encuentra el 644/2011 ante el Juzgado Quinto de Distrito con sede en Cancún, donde Raúl Luis Martins Coggiola gestiona incansablemente un amparo en contra del subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, como una de sus estrategias para continuar operando sus giros negros en este polo turístico. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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