De acuerdo a Fernando Jorge Castro Trenti, presidente de la Comisión de Comunicaciones, detalló que el redondeo que las empresas telefónicas realizan es ilegítimo, esto debido a que, por ejemplo, cobran la llamada de minuto y medio en 2 minutos, lo que representa un peso por minuto.
Dicho redondeo, precisó, deja ganancias de más de 100 millones de pesos gracias al mercado mexicano de celulares, que se estima cuenta con alrededor de 90 millones de dispositivos.
Castro señaló que el decreto aprobado plantea la adición de un segundo párrafo al Artículo 60 de esta Ley Federal en el que se establece la obligación de concesionarios y permisionarios a ofrecer el pago por segundo, esto “sin perjuicio de otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad”.
El decreto, que entraría en vigor a los 90 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, establece asimismo que los operadores de redes públicas de telecomunicaciones realizarán las adecuaciones necesarias a sus sistemas de facturación e infraestructura, además de elaborar los planes y tarifas basados en el cobro por segundo.
De igual forma, registrarán la tarifa de cobro por segundo, previo a su puesta en vigor, de acuerdo con lo señalado en los artículos 61 y 64, Fracción VIII de la Ley Federal de Telecomunicaciones.
El diputado dijo que con esta adición al Artículo 60 constitucional se evitará que se perjudique la economía familiar, y se contribuirá a la unión y comunicación de los usuarios en sus trabajos y familias. Agregó que también se atiende la preocupación de padres y madres que usan este medio para localizar a sus hijos. (Fuente: Notimex)