CHETUMAL, MX.- Tal y como lo pidió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en una sesión de apenas 30 minutos y por unanimidad, los consejeros del Instituto Electoral de Quintana Roo aprobaron el acuerdo de excluir las 16 comunidades que fueron adjudicadas a Campeche y reponer la distritación electoral aprobada en julio del 2012.

Apenas el pasado miércoles 6 de marzo, el TEPJF emitió un nuevo acuerdo para dar 48 horas al Ieqroo para que cumpliera la resolución del pasado 30 de enero que, a lo largo de más de un mes, se resistió a cumplir con medidas y acciones dilatorias y no eficaces, que motivaron que los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN) interpusieran un recurso de inejecución de sentencia que fue respaldado por los magistrados electorales.

El Tribunal, en voz del magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, había advertido a los consejeros electorales de Quintana Roo que no tenían justificación para seguir retrasando el cumplimiento de la sentencia, y les recordó que de persistir en esa actitud, serían sancionados con las medidas consignadas en  la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que incluían el arresto de los funcionarios electorales.

El anterior consejero presidente del Ieqroo, Carlos Soberanis Ferrao, perdió el cargo precisamente por negarse a acatar una sentencia del Tribunal Electoral, también sobre el tema de la distritación electoral.

La notificación del TEPJF sobre el nuevo ultimátum fue recibida este 8 de marzo a las 13:06 minutos y, aunque la sentencia daba 48 horas al Ieqroo para acatarla, considerando sólo días hábiles, los consejeros decidieron ya no retar al Tribunal y convocaron de inmediato a una sesión extraordinaria que se realizó la noche de este viernes para emitir el acuerdo solicitado por los magistrados.

Las 16 comunidades excluidas adjudicadas  a los municipios de Holpenchén o Calakmul, Campeche, que corresponden a los distritos electorales 444, 447 y 450, son: 1. Santa Rosa; 2. El Tesoro; 3. Los Alacranes; 4. Nuevo Veracruz; 5. José María Morelos (Civalito); 6. Josefa Ortiz de Domínguez; 7. Arroyo Negro; 8. Hermenegildo Galeana; 9. Justo Sierra Méndez; 10. Felipe Ángeles; 11. Veintiuno de mayo; 12. Los Ángeles; 13. Blasillo; 14. Carlos A. Madrazo (Corsal); 15. Tambores de Emiliano Zapata; y 16. Nuevo Paraíso.

En la pasada sesión del TEPJF, el magistrado Flavio Galván Rivera había precisado que la sentencia del Tribunal no pidió excluir los 3 distritos electorales (444, 447 y 450) donde se encuentran las comunidades impugnadas, sino solamente las comunidades, lo cual tenía otro alcance jurídico, además de que la sentencia del TEPJF nunca pidió revocar la distritación en su totalidad sino solamente en la zona impugnada.

Pero además, el magistrado dijo que acatar la sentencia del Tribunal, no le debería llevar al Ieqroo “más de 30 minutos”, máximo de “24 horas”, y hoy, el Ieqroo, con el ultimátum de 48 horas establecido por el TEPJF, y con la amenaza de ser sancionados si volvían a incurrir en desacato, no tuvo de otra que ejecutar la sentencia en una sesión que efectivamente duró alrededor de 30 minutos. (Noticaribe)

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