Definirá SCJN reglamentación sobre candidaturas independientes en QR

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CHETUMAL, MX.- Este lunes los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirán a fondo el Decreto 199 del Congreso del Estado, por medio del cual se reformaron leyes estatales para reglamentar la figura de las candidaturas independientes, por lo que en esta discusión podrán definir cambios en dicha reglamentación.

Como se sabe, la semana pasada los ministros de la SCJN invalidaron el Decreto 170 del Congreso del Estado por el cual se instauró la figura de candidaturas independientes en la Constitución Política Estatal, sin embargo, aclararon que dicha figura sigue firme para el estado porque está vinculada con la Reforma Federal de agosto de 2012.

Pero los magistrados discutirán este lunes las reformas contempladas en el Decreto 199 con el que se modificaron leyes estatales, es decir, la figura quedará vigente en Quintana Roo pero con reglas modificadas, como dijo recientemente el presidente de la Gran Comisión del Congreso del Estado, Eduardo Espinosa Abuxapqui.

“Es importante precisar que no procedió la acción de inconstitucionalidad en contra del decreto 199, con el cual se reformaron diversas leyes estatales, los ministros consideraron que dicho decreto está vinculado con la reforma a la Constitución Federal y por tal motivo seguirá vigente, ahora sólo nos resta esperar que termine la discusión el próximo lunes y estamos considerando que podrá haber modificaciones en algunos requisitos”, explicó el diputado Eduardo Espinosa Abuxapqui.

En el proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán, en relación con el Decreto 199 por el que se reforman la Ley Electoral, la Ley de Medios de Impugnación, la Ley Orgánica del IEQROO, el Código Penal, todos del estado de Quintana Roo, se propone declarar la invalidez del artículo 134 Fracción segunda completa, en el cual se señala lo siguiente: “De todos los aspirantes registrados a un mismo cargo de elección popular, solamente tendrá derecho a registrarse como candidato independiente aquel que de manera individual, por fórmula o planilla, según sea el caso, obtenga el mayor número de manifestaciones de apoyo válidas”.

También se propone invalidar en el mismo artículo, la fracción tercera en la que señala:
“Si ninguno de los aspirantes registrados obtiene, en su respectiva demarcación, el respaldo de por lo menos el dos por ciento de ciudadanos registrados en el padrón electoral con corte al 31 de diciembre del año previo al de la elección, el Consejo General declarará desierto el proceso de selección de candidato independiente en la elección de que se trate”.

Y de igual manera, se propone invalidar la fracción IV del mismo artículo en el que se señala: “En el caso de aspirantes al cargo de Gobernador, el dos por ciento al que se refiere la fracción anterior deberá estar distribuido en ese mismo o mayor porcentaje en la totalidad de los distritos electorales de los que se compone el Estado”. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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