CHETUMAL, MX.- Con el argumento de que el Partido Acción Nacional (PAN) no ratificó en asamblea nacional la alianza con el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Tribunal Electoral de Quintana Roo anunció hoy la revocación de la coalición entre estos dos partidos.

Tanto los dirigentes del PAN como del PRD en Quintana Roo, Eduardo Martínez Arcila y Julio César Lara, anunciaron que impugnarán el fallo del Teqroo ante una instancia superior para revertir la decisión que, al igual que ocurrió en Veracruz, es una estrategia legal para tratar de impedir la derrota del PRI en las próximas elecciones del 7 de julio.

Según el Teqroo, la ratificación de la alianza por el Instituto Electoral de Quintana Roo fue un error ante las presuntas irregularidades en el proceso de registro de la alianza.

Entre las supuestas irregularidades, se encuentra la violación al Artículo 106 de la Ley Electoral de Quntana Roo, que indica que es necesario la presencia de un notario público en la asamblea de los partidos donde se acordó la alianza, así como un comisionado del Ieqroo.

La mano del Gobernador Roberto Borge, como la de Duarte en Veracruz, se ve tras el fallo del Tribunal Electoral de Quintana Roo, un órgano presidido por Víctor Vivas Vías y proclive al PRI en sus decisiones.

Víctor Vivas Vivas, cozumeleño, es hijo del director de la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo, Víctor Vivas González, y sobrino de Félix González Canto, ex Gobernador priista en Quintana Roo.

LOS ARGUMENTOS DEL TEQROO

Al resolver una impugnación presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Teqroo le dio la razón en el sentido de que el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) no debió aprobar la intención de coalición del Partido Acción Nacional (PAN) y el de la Revolución Democrática (PRD), porque se comprobó que no fue aprobada en el plazo legal por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN, por negligencia y omisión de su presidente nacional, Gustavo Enrique Madero Muñoz.

Menciona la sentencia que el 19 de marzo el PAN y el PRD presentaron la carta de intención de coalición y se informó al Ieqroo que el Comité Directivo Nacional del PAN realizaría asamblea para aprobarla el primero de abril de 2013.

El 20 de marzo se cambió la asamblea para el 2 de abril, pero al final de cuentas el Comité Ejecutivo Nacional no la llevó a cabo; y en su lugar, el presidente del PAN, Gustavo Enrique Madero Muñoz, quiso salvar su omisión firmando la aprobación de la intención de coalición en suplencia del Comité Nacional, alegando el uso de providencias extraordinarias por caso de urgencia.

Dicha firma de aval fue aceptada por el Ieqroo como elemento para dar por cumplido el requisito de ratificación nacional de la intención de coalición, pero el Teqroo consideró que el instituto cometió una omisión al no revisar si existía justificación para que el Comité Ejecutivo Nacional del PAN no haya realizado la asamblea, que debía efectuar antes del 5 de abril.

“Es de señalarse que el presidente de dicho partido contaba con el tiempo suficiente y necesario para enviar los citatorios de convocatoria para la sesión ordinaria a que se refiere el artículo 5 del Reglamento, toda vez que si desde el 19 ó 20 de marzo del año en curso tuvo conocimiento de la fecha en que debía sesionar el Comité Ejecutivo Nacional, bien pudo emitir los citatorios a partir del día 21 de marzo, lo cual le daba al menos 12 días para emitirlos antes de la celebración de la sesión”, consideró el tribunal.

Por tanto, el Teqroo concluyó que no se avala que existieran condiciones de urgencia para que el presidente del PAN supliera al CEN en el ejercicio de la facultad de aprobar la coalición.

El plazo para presentar la solicitud y documentación anexa al registro de coalición tuvo como límite el 5 de abril del 2013, y la sesión en la que se avalaría esa sesión en la dirigencia nacional del PAN se programó para el 2 de abril, pero no se realizó.

En su lugar, el presidente nacional del PAN firmó la ratificación, alegando que no se podía reunir el Comité Ejecutivo Nacional, y luego, en una sesión del citado comité efectuada hasta el 8 de abril, la asamblea avaló la firma que hizo Gustavo Madero.

Sin embargo, dicha asamblea del comité nacional también fue irregular, ya que se efectuó después de vencido el plazo para las aprobaciones, que era el 5 de abril, y el notario que supuestamente dio fe de ella incurrió en serias irregularidades que ponen en duda la certeza de lo acordado en dicha asamblea, consideró el Teqroo.

Por eso, el tribunal consideró que el Ieqroo fue omiso al dar por válidos los documentos emitidos por el presidente nacional del PAN a efecto de ratificar la intención de coalición aprobada previamente tanto por el Comité Directivo Estatal y la Comisión Estatal de ese Partido, aunque se realizaron fuera de los tiempos establecidos en la carta de intención.

Al término de la sesión pública, el magistrado presidente del Teqroo, Víctor Vivas Vivas, dijo que los argumentos tienen el peso suficiente para revocar la coalición, toda vez que es facultad exclusiva del Comité Ejecutivo Nacional del PAN aprobar la intención de coalición con cualquier partido.

En este sentido, dijo que el presidente del PAN, Gustavo Enrique Madero Muñoz, fuera de sus atribuciones emitió una serie de lineamientos, en el sentido de que en caso de urgencia él puede tomar determinaciones a nombre del CEN y avalar la intención de coalición en Quintana Roo.

No obstante, al comprobarse que tuvo más de 12 días para realizar la asamblea del CEN de acuerdo al calendario de sesiones nacionales y estatales establecidas en la propia intención de coalición, no se acredita ningún caso de urgencia.

El titular del Teqroo manifestó que al admitir esta intención de coalición sin que los requisitos cumplan con las normas electorales, el Ieqroo fue omiso, y cometió un error, por lo que tuvo razón el PRI al haber impugnado el acuerdo en donde se había autorizado la intención de alianza.

Vivas Vivas dijo que el Ieqroo no debe ser “una ventanilla de recibir documentos”, sino debe cumplir con su obligación como autoridad encargada de la organización de las elecciones conforme a las normas electorales.

Deficiencias en la Asamblea

Otros de los puntos, señalados en el Juicio de Inconformidad JIN/012/2013 y su acumulado JDC/008/2013 promovidos por el PRI y el ciudadano Magdaleno Delgado del Carmen, en contra de la resolución del Ieqroo que aprobaba la intención de coalición, señala que no se realizó de manera adecuada la fe notarial de la asamblea del CEN del PAN del 8 de abril.

El Teqroo consideró que, aunque el incumplimiento de la asamblea del CEN panista en la fecha establecida, que era el 2 de abril, era motivo suficiente para revocar la aprobación de la intención de coalición, también entró en estudio del acta notarial de la asamblea realizada el 8 de abril, fecha que ya estaba fuera del plazo que venció el día 5.

En este sentido, es necesario mencionar que, al aprobar la intención de coalición, el Ieqroo no tomó en consideración el Acta Notarial levantada con motivo de la Asamblea del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional celebrada el 8 de abril de 2013.

De todos modos, el Teqroo consideró que dicha acta no podría servir de base para acreditar el requisito previsto por la Ley Electoral, porque la sesión se llevó a cabo fuera del plazo establecido para ello y al mismo tiempo presenta una serie de deficiencias que impiden tener certeza respecto de los actos que ahí se consignan.

Entre estas deficiencias se encuentran el hecho que, el notario público que levantó la fe notarial, no estuvo presente desde el inicio de la sesión del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional.

Por consiguiente, no dio fe del pase de lista, no certificó el quórum legal para la correcta instalación, la identidad de los presentes en el lugar de la reunión y si estos eran efectivamente integrantes del Comité Ejecutivo Nacional.

Tampoco estuvo presente cuando se aprobó el orden del día de la reunión, ni refirió tenerlo a la vista o haberla agregado al acta.

De igual manera, no hizo constar el contenido de los Acuerdos que fueron aprobados, es decir, la fecha, los nombres de los suscribientes de los documentos supuestamente aprobados o sus puntos resolutivos.

Asimismo, el notario salió de la sesión sin que esta hubiera concluido, y sin que manifestara en la fe notarial lo atinente a la lista de asistencia, quién se la otorgó, si tuvo a la vista los originales de la misma para cotejarla con las copias respectivas, así como si el pase de lista fue en su presencia.

Otro punto señalado en la asamblea del 8 de abril, es que la votación refiere 24 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones, para un total de 30 votos; lo que resulta incongruente con lo asentado en las actas, que registra la asistencia de 39 personas.

El Teqroo afirmó que lo anterior causa incertidumbre respecto de quiénes y cuántos eran los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional que acudieron a la sesión.

También está asentado en este juicio de inconformidad que no estuvo presente ningún integrante de la Comisión que designó el Consejero Presidente del Ieqroo, para verificar la celebración de la sesión y que esta cumpliera con los requisitos exigidos por la Ley Electoral, así como con los requisitos y formalidades que sus ordenamientos partidarios establecen para la celebración y validez de sus sesiones.

Por todo eso, el Teqroo consideró fundadas las alegaciones hechas valer por los demandantes y revocó la resolución del Ieqroo mediante la cual se aceptaba la intención de coalición del PAN y el PRD, por considerar que “al no haberse acreditado el cumplimiento de los requisitos correspondientes, no ha lugar a tener por manifestada la voluntad de los partidos políticos para la realización de la coalición”.

En tanto, quedan a salvo sus derechos para que participen en forma individual en el proceso electoral del año en curso.

VAN PARTIDOS ANTE EL TEPJF

En este escenario, será el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el que determine sobre la validez de la alianza entre el PAN y el PRD en Quintana Roo.

Mediante un boletín de prensa, el PAN afirmó que la resolución tomada por el Tribunal Electoral de Quintana Roo “ha sido bajo parámetros políticos y no jurídicos”.

Y agregó: “Esta decisión es a todas luces un intento más del Gobierno del Estado por parar a las dos principales fuerzas políticas opositoras en el estado y que actualmente juntas gobernamos a dos terceras partes de la población de Quintana Roo”.

“Mañana mismo estaremos acudiendo al Tribunal Federal Electoral a fin de que  en los próximos dos o tres días se esté reponiendo la Coalición Juntos Ganamos Quintana Roo, estamos ya trabajando de manera coordinada con nuestro Comité Ejecutivo Nacional, se advirtió.

El comuncado precisa que esta sentencia “lo único que nos demuestra es la imperiosa necesidad que en Quintana Roo existan órganos verdaderamente autónomos, que garanticen una aplicación de la justicia en materia electoral objetiva e imparcial”.

“La decisión de esta tarde ya la esperábamos, por eso el pasado 25 de abril registramos el convenio de coalición, garantizando así salvaguardar los derechos de las y los candidatos de la Coalición Juntos Ganamos Quintana Roo”, se señaló.

“Estamos seguros que el próximo 8 de mayo la Coalición Juntos Ganamos Quintana Roo registrará a los que serán los próximos presidentes municipales así como a los Diputados y Diputadas de la próxima Legislatura estatal”, termina. (Noticaribe con información de Por Esto! de Quintana Roo)

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