ISLA MUJERES, MX.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó a la empresaria Elda Beatriz Villamil Solís, quien pretendía obtener la ampliación del plazo para construir el denominado desarrollo “Punta Gaviota”, en Islas Mujeres, Quintana Roo.
Los ministros determinaron negar el amparo a la mujer tras declarar constitucional el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre y la Norma Oficial Mexicana respectiva.
Las normas que impugnó la quejosa buscan la protección de las unidades hidrológicas de manglar, cuya integridad está íntimamente vinculada con la dinámica del humedal costero y asociado al ecosistema del cuerpo de agua donde se encuentre.
Dichos humedales tienen funciones de regulación climática, estabilización costera y de producción primaria. De la integridad del manglar depende la biodiversidad marina y terrestre del área.
Villamil Solís se amparó porque el permiso para la ampliación le fue negado por las autoridades ambientales, quienes señalaron que el terreno en cuestión era parte de un sistema de manglares y humedales.
La empresaria argumentó que los terrenos eran de su propiedad desde antes de que las normas ambientales fueran emitidas en 2007, por lo que no se le podían aplicar como si fueran retroactivas, además de que la prohibición de aprovechar su terreno equivalía a una expropiación. (Fuente: Milenio)