CANCÚN, MX.- La ratificación de la sentencia en contra del pederasta Jean Hanna Touma Succar Kuri podría ser impugnada por su abogado Fernando Lechuga como una manera de mantener activo el proceso en contra de su cliente, e incluso buscar la forma de que sea regresado a Cancún, pues actualmente se encuentra recluido en el penal del Altiplano, en el Estado de México.
A decir de abogados penalistas, el caso Succar Kuri no está “muerto”, pues el haber obtenido un amparo de forma de un Tribunal Colegiado y ahora que el Tribunal Unitario resolvió de nueva cuenta en su contra tras subsanar la deficiencia formal apuntada que provocó que el acusado lograse el pasado 7 de marzo la protección de la justicia federal, representa que “hoy más que nunca la defensa tiene motivos para promover una impugnación y mantener vigente el expediente”.
Los diarios POR ESTO! han insistido en localizar al abogado Fernando Lechuga, pero éste no ha contestado las llamadas telefónicas, a pesar de que había dicho que cualquier tema informativo relacionado con su cliente, estaba disponible para aclarar o ampliar los datos para que lo publicado, no le afectara jurídicamente.
Por ello que en opinión de abogados, que pidieron omitir sus nombres por no relacionarse con este asunto, el tema de Succar Kuri logró ser “revivido” tras el amparo y ahora con la sentencia ratificada por el mismo Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito del Poder Judicial, cuya titularidad recae en la magistrada María Adriana Barrera Barranco, quien no tuvo empacho en dictar la misma sentencia que se le había dictado al acusado, tras subsanar una falla técnica que existía en el expediente como era la falta de firma del secretario de acuerdo.
El viernes pasado y tras cumplirse los 15 días hábiles que había concedido el Primer Tribunal Colegiado para que fuera subsanada la falla técnica (la falta de firma del secretario de acuerdos del Tribunal Unitario), el Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer que el Tribunal Unitario confirmó la sentencia de 112 años y seis meses de prisión al individuo de origen libanés, Jean Succar Kuri, acusado de pornografía infantil y corrupción de menores.
Fue a través de la nota informativa DGCS/NI:46/2014, que se dio a conocer que el Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, con sede en Cancún, al resolver la sentencia dictada por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, en el amparo directo 216/2013, informa que subsanó la deficiencia formal apuntada por este último tribunal de amparo, por lo que en la sentencia de apelación se asentó el nombre y apellidos, tanto de la magistrada que emitió la sentencia, como del secretario que la autorizó y dio fe.
Y con ello, subsiste la sentencia dictada en su momento por ese mismo Tribunal Unitario en donde se indica que se impone pena de prisión de 112 y seis meses, pero en acatamiento al artículo 25, párrafo primero del Código Penal Federal, se precisa que la pena a cumplir por el sentenciado sería de máximo 70 años de prisión. Para fines prácticos es lo mismo, y dada la edad del sentenciado implica prisión de por vida.
De la misma forma se conforma la multa de 527 mil 874 pesos, que de llegarse a comprobar la insolvencia económica total o parcial del sentenciado, en acatamiento a lo que dispone el artículo 27 del Código Penal Federal, la sanción pecuniaria se sustituiría por 14 mil 997 jornadas de trabajo no remuneradas a favor de la comunidad… Es decir, ‘pagadas’ en su equivalencia a menos de un salario mínimo.
Finalmente, en el rubro de reparación del daño moral, se condena al pago de todos y cada uno de los tratamientos de rehabilitación física y psicoterapéuticos que con motivo de los hechos juzgados, hayan erogado las siete víctimas, así como aquéllos que en lo presente y lo futuro llegaran a ser requeridos por éstas. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)