CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró la validez de la reforma constitucional en materia de disciplina financiera de estados y municipios, por lo que en breve se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entren en vigor los cambios que prohíben a gobernadores y alcaldes heredar deuda y contraer obligaciones de pago o empréstitos de forma desmedida y opaca.

A casi tres meses de que se aprobara por senadores y diputados y se pasara a los congresos locales, la Comisión Permanente declaró la constitucionalidad de la reforma que fue turnada al presidente Enrique Peña Nieto para que la signe y de inmediato se publique en el DOF.

La Comisión Permanente, que preside el senador del PRD, Miguel Barbosa, dio cuenta de 24 congresos locales que avalaron la reforma: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, México, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas.

Mientras que BCS, Guerrero, Michoacán, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Oaxaca no la han aprobado.

Obligaciones

La reforma es el primer paso para obligar a gobernadores y alcaldes a publicar la totalidad de sus empréstitos y obligaciones de pago en un registro público único que precise como información mínima el deudor, acreedor, monto, tasa de interés, plazo, tipo de garantía o fuente de pago.

Ordena la creación de un sistema de alertas sobre el manejo de la deuda, así como las sanciones aplicables a los servidores públicos que no cumplan sus disposiciones, además de que ningún empréstito podrá contraerse para gasto corriente, sólo para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos o que tengan propósitos de regulación monetaria.

Asimismo, la Auditoría Superior de la Federación podrá fiscalizar los empréstitos de estados y municipios que cuenten con la garantía de la Federación; las legislaturas locales, sólo con el voto en favor de las dos terceras partes de sus miembros, deberán autorizar los montos máximos de deuda en las mejores condiciones del mercado; también ordena la creación de una comisión de Diputados y Senadores que analizará la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de las entidades más endeudadas.

Incluso quedará prohibido para mandatarios locales heredar deuda de corto plazo, por lo que deberán liquidar los créditos a más tardar tres meses de que culmine su gobierno.
Faltan leyes secundarias

Aunque los legisladores aún tienen que elaborar las leyes secundarias, los mandatarios estatales y municipales tendrán obligaciones inmediatas. Una vez que entre en vigor la reforma “las entidades federativas y los municipios enviarán al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión un informe sobre todos los empréstitos y obligaciones de pago vigentes a la entrada en vigor del presente decreto, en un plazo máximo de 60 días naturales”.

La primera obligación que tienen es reportar al Congreso de la Unión las deudas con garantía federal y sujetarse a la información extra que les soliciten las comisiones tanto de la Cámara de Diputados como la de Senadores, esto en un plazo máximo de un mes.

En 90 días naturales, los congresos locales, a través de sus entes fiscalizadores, están obligados a auditar “el conjunto de obligaciones del sector público, con independencia del origen de los recursos afectados como garantía”.

Esta reforma tardó más de dos años en concretarse y nació luego de las escandalosas deudas contraídas por gobernadores. Uno de los ejemplos que siempre se presentó fue el del llamado “Moreirazo”, luego de que en agosto del 2011, Ernesto Cordero, entonces secretario de Hacienda, presentó una denuncia penal ante la Procuraduría General de la República contra quien resultara responsable por la contratación irregular de la deuda por el gobierno de Coahuila, por más de 32,000 millones de pesos. (Fuente: El Economista)

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