TERMINAN CAMPAÑAS ELECTORALES: Tras 2 meses de placeo en búsqueda del voto, callan los candidatos y le toca al ciudadano decidir

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CHETUMAL, MX.- De hoy 4 de junio al domingo 7 de junio, día de la Jornada Electoral Federal, queda estrictamente prohibida la celebración, difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales de todos los candidatos a cargos de elección popular. Cuya prohibición está establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por lo que el candidato que no lo acate pudiera incluso perder su registro.

El objetivo de esta restricción, señala la legislación, radica en garantizar que tanto el día de la Jornada Electoral y durante los tres días anteriores, los ciudadanos puedan reflexionar o madurar el sentido de su voto, esto es, que tengan la posibilidad de ponderar y confrontar la oferta política de quienes intervienen como candidatos a un cargo público.

Además, se busca que los ciudadanos se encuentren ajenos al acoso de las reuniones públicas, asambleas, marchas, escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones de los partidos políticos o de sus candidatos, que los ciudadanos se liberen del influjo de factores que pudieran alterar la autenticidad del sufragio, que se garantice la conclusión a todo debate público, para impedir una influencia indebida en la toma de decisión que precede al ejercicio del sufragio de los electores.

De igual forma, se pretende evitar el quebrantamiento de las condiciones elementales de igualdad durante la contienda electoral, en beneficio de la autenticidad y libertad de sufragio de los electores.

En términos generales, la prohibición normativa en el periodo de tres días previa a la Jornada Electoral radica en permitir a los ciudadanos que reflexionen libremente sobre las propuestas electorales, justificándose que en este periodo se intensifique en el cuidado de no confundir al ciudadano en la definición del sentido de su voto.

Todo lo anterior, tiende a impedir una influencia indebida en la toma de decisión que precede al ejercicio del sufragio de los electores, y aunado a ello, durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas, queda prohibido publicar o difundir, por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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