CIUDAD DE MÉXICO.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) analiza ordenar la pérdida de la obra “Muelle de Ultramar” en Playa del Carmen, Quintana Roo, en beneficio de la Nación y, de considerarlo procedente, ordenar su demolición ante los posibles impactos ambientales que se pudieran llegar a originar, a casi 10 años de su construcción.

Mediante un boletín de prensa, la Profepa estableció que esta posible determinación se deriva del resultado de una visita de inspección realizada de manera conjunta por la Subprocuraduría de Recursos Naturales y la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad, tras encontrar que la superficie ocupada por ese proyecto no corresponde a la establecida en su respectivo título de concesión.

Debido a una serie de irregularidades detectadas, esta Procuraduría Federal considera que podría imponer a la obra una multa de hasta 35 mil pesos por cada una de las anomalías; ordenar su pérdida en beneficio de la Nación; y hasta ordenar la demolición de la obra, tomando en cuenta los posibles impactos ambientales que se pudieran llegar a originar por su desmantelamiento.

La inspección de la PROFEPA establece además que la empresa que administra el atracadero entorpece el libre tránsito con la obra consistente en una plancha de concreto la cual constituye el arranque del muelle.

También se detectó que esta superficie, además de que no es conservada en óptimas condiciones de higiene porque se observó algunos residuos sólidos como lo son botellas vacías de pet, no se mantiene en buen estado de conservación la obra autorizada en la concesión consistente en el arranque del muelle.

Con estas acciones la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente vela por el cuidado y preservación de los bienes de la Nación, para que su uso, aprovechamiento y explotación se realice de manera sustentable, garantizando la libertad de tránsito de todas las personas por estos bienes del dominio público de la Federación.

La Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT) es la franja de 20 metros de tierra firme, transitable y contigua a las playas o, en su caso, a las riberas de los ríos, desde la desembocadura de éstos en el mar, hasta 100 metros río arriba. Son bienes de la Nación, administrados por la Federación.

Además, es un bien de uso común para todas las personas, pero para aprovechamientos especiales se requiere de una concesión, autorización o permiso otorgado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). (Fuente: Profepa)

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