CHETUMAL, MX.- Con la soberbia de saber que tienen una aplastante mayoría para sacar adelante cualquier cosa, el PRI y sus aliados en el Congreso de Quintana Roo se alistan a aprobar este martes la ‘Ley Antibronco’ para cerrarle el paso a candidatos ‘incómodos’ y tener una sucesión a modo en el 2016.

Y es que este martes se presentará y votará en el pleno la iniciativa de reforma a la Ley Electoral de Quintana Roo que pone restricciones a posibles candidatos a la gubernatura que actualmente militan en el PRI o en la oposición.

Estos candidatos, que tienen nombres y apellidos, al ver cerrados los espacios en sus partidos originales, podrían decantarse por buscar la nominación bajo siglas diferentes o, incluso, de manera independiente, emulando el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez, ‘El Bronco’, que salió del PRI para convertirse en un fenómeno político como candidato independiente.

La ‘Ley Antibronco’ de Quintana Roo estaría dedicada a personajes como Carlos Joaquín González, actual subsecretario de Turismo federal, quien enfrenta el veto del propio gobernador Roberto Borge para buscar la nominación priista, pero también a Julián Ricalde Magaña, quien salió del PRD y está impulsando un movimiento de alternancia a través de una gran alianza de partidos de oposición con ciudadanos.

Esta iniciativa de reforma será presentada por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y el Panal, que juntos tienen 19 de los 25 votos del Congreso, suficientes para aprobarla en la primera pasada.

La iniciativa impone restricciones para quienes aspiren a encabezar una coalición amplia de partidos o pretendan competir por la gubernatura de manera independientes.

Por ejemplo, en el Artículo 140 donde se establecen la causales para negar el registro a un candidato independiente, la iniciativa ‘Antibronco’ plantea en su inciso IV que “cuando el aspirante ha sido miembro de las dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o militante de partido político alguno o candidato postulado de -un partido político a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección”.

Jorge Carlos Aguilar Osorio consideró que “estos dos puntos, de ser aprobados, no pueden ser recurribles, ya que existe criterio de la SCJN en relación a que los requisitos para contender a cargos de elección en candidaturas independientes, se encuentran reservados a los estados”.

Por su parte, en el Artículo 302, se amplia el inciso V para establecer que “ningún ciudadano podrá participar, durante el mismo proceso electoral, en procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos, salvo que entre ellos medie convenio para participar en coalición”.

Y añade: “Aquel ciudadano que hubiera participado en un proceso de selección interno no podrá ser registrado como candidato por un partido político diverso”.

Aguilar Osorio advirtió que en este último supuesto se establece una restricción para contender por un partido distinto del que hubiese participado en la selección interna de candidatos.

AUMENTARÍAN PORCENTAJE DE APOYO CIUDADANO A CANDIDATOS INDEPENDIENTES

En otros artículos, como el 134, se aumenta de 2 a 3 por ciento el porcentaje de apoyo ciudadano para las candidaturas independientes que, en el caso de aspirantes al cargo de Gobernador, deberá estar distribuido en ese mismo o mayor porcentaje en la totalidad de los distritos electorales.

Pero además, para los candidatos independientes, se establece períodos muy cortos para la recopilación de firmas: para Gobernador 21 días, mientras que para Ayuntamientos 15 días y Diputados locales 12 días para recopilar el equivalente al 3 por ciento del padrón electoral.

En el mismo caso que Puebla, los ciudadanos deben acudir personalmente al órgano electoral para manifestar su apoyo. Finalmente, de los aspirantes a un mismo cargo, sólo quedará registrado aquel que haya obtenido más firmas de apoyo para la candidatura independiente.

En el Artículo 159, donde se estable el tema de la paridad de género, la reforma a la Ley Electoral plantea que “los partidos políticos o coaliciones postularán el 50 por ciento de las candidaturas a diputados y de las candidaturas a miembros de los Ayuntamientos, en las respectivas planillas, de un mismo género en ambos principios”.

“Asimismo, promoverán la participación política de las mujeres y los jóvenes. Los ciudadanos que aspiren a las candidaturas independientes de Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa deberán ser el cincuenta por ciento de un mismo género en su propuesta de planilla”.

El diputado independiente dijo que los legisladores y gobernantes locales nunca imaginaron el crecimiento en el corto plazo, de la alternativa de los candidatos independientes.

“Irónicamente, un candidato sin partido –así lo he señalado y aún lo ratifico- como Jaime Rodríguez “El Bronco” abrió la caja de pándora para dar paso a muchos aspirantes para ocupar un cargo de elección popular”.

“No hay duda que el denominado efecto Bronco fue observado e interpretado como un factor de división del voto y una amenaza al status quo local”, anotó.

Con Quintana Roo ya son 5 las entidades que han endurecido sus políticas para complicar el camino a aquellos que pretendan buscar una candidatura independiente. Las otras son Chihuahua, Sinaloa, Puebla y Veracruz, estado donde se reformaron sus legislaciones electorales para establecer severos candados y restricciones que rebasan incluso la iniciativa federal.

Señaló que es claro que ante la fuerte competencia interna que puede existir, quienes decidan tomar la vía independiente por no haber sido nombrados candidatos, tendrán complicado postularse a través de esta opción política.

“Si en algo han coincidido los partidos mayoritarios –a nivel local- es impedir que aquellos militantes que no hayan quedado satisfechos por los resultados de sus procesos internos, encuentren en la candidatura independiente una salida próxima para, o postularse o simplemente dividir la votación en una elección constitucional”, expuso. (Noticaribe)

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