CIUDAD DE MÉXICO.- Con el voto de todas las bancadas, a excepción de Morena mientras que Movimiento Ciudadano se abstuvo, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, aprobó esta mañana el dictamen para reglamentar el artículo 29 de la Constitución y permitir que, a solicitud del Presidente, el Congreso de la Unión apruebe la suspensión de garantías o un estado de excepción en el país.
En su reunión de esta mañana, con el respaldo de PRI, PAN, PRD, PVEM, PES y Panal, la comisión avaló sin cambios la minuta que el Senado aprobó el 9 de diciembre pasado, con el argumento de que es preferible contar con un mecanismo que regule la atribución presidencial de suspender garantías en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.
Sólo las diputadas de Morena hablaron en contra del dictamen. Presente en la reunión, Salomón Tamez (MC) guardó silencio y en la votación se abstuvo. El coordinador de esa bancada, Clemente Castañeda, que forma parte de la comisión, no se presentó.
Priístas, panistas y perredistas argumentaron que la ley, que pretenden aprobar esta misma semana en el pleno de la Cámara, no tiene como objeto la represión social, pero la coordinadora de Morena, Rocío Nahle García, resaltó que en el dictamen y en el contenido de la ley no se define “qué se entiende por perturbación grave de la paz pública, conflicto o invasión”.
Anunció que presentó un voto particular y dijo que si bien la ley define que la solicitud presidencial debe pasar por la revisión del Congreso y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “el decreto de suspensión caminará hacia donde diga el Presidente. Les pregunto, como está planteada la ley, ¿hay la seguridad, está garantizado el respeto al ciudadano a decirle que se le considera una amenaza pública? No”.
Para justificar el voto de Acción Nacional, Ulises Ramírez Núñez, puso como ejemplos actos de terrorismo que han ocurrido en otros países.
Se refirió al ataque a las Torres Gemelas, a las explosiones en París y Boston, los atentados en Pakistán que “han trastocado cómo debemos regular nuestras convivencias”.
“En el caso de París se decretó un estado de excepción. Y esto causa un contra sentido a los que luchamos de hace muchos años por la defensa de las garantías y que un país democrático se sustenta en dos pilares, la seguridad y la libertad. Y es ahí donde ponemos en la balanza qué hacer”, dijo.
Sostuvo que no se trata de buscar restringir derechos políticos como el de manifestación o asociación, aunque ello no está definido en las consideraciones de la comisión.
Pero, insistió, “para el PAN es mejor tenerlo regulado que tenerlo suelto y discrecional a un solo poder. El fin último de este mecanismo es el restablecimiento y la lucha permanente por los derechos humanos y las garantías es que vemos, desde una perspectiva positiva este dictamen. Es un avance importante en la regulación de este mecanismo de restricción de garantías que deberá siempre en todo momento temporal”.
El perredista Rafael Hernández Soriano también defendió el dictamen.
Dijo que su contenido respeta los estándares internacionales en materia de protección de derechos humanos, pero cantinfleó: “Vivimos paradigmas de interpretación del derecho, en el país el derecho codificado se ha llevado al extremo de que la Constitución, dentro de las tres constituciones en el mundo, que tiene mayor número de redacción y palabras porque se ha cometido un exceso, pero con la tendencia internacional y cuando hablamos de derechos humanos, es atender el modelo que nace en Europa y que se ha extendido en todo el mundo, del derecho dúctil, de atender la situación en el momento y no atender lo que establece la ley”.
El dictamen establece que ante un riesgo a la paz pública o una invasión, se suspenderán o restringirán el ejercicio de derechos humanos y el “sacrificio temporal de derechos”, entre éstos, los derechos a la manifestación, asociación, circulación y libertad de expresión, patrimoniales, crédito o de derecho de autor.
La comisión avaló incluir una lista de los peligros que justificarían una petición presidencial para suspender garantías en un estado, región o todo el territorio, bajo el argumento de que la suspensión de garantías “puede ser una forma de tutela a los derechos humanos”.
El dictamen aprobado hoy establece: “Pueden mencionarse ejemplificativamente las perturbaciones de factores naturales como sismos, tormentas, huracanes, explosiones volcánicas, epidemias… Así como también revueltas internas de gran calado; incursiones de grupos armados internos; graves afectaciones a la paz o la estabilidad interna del propio Estado; crisis económicas que por su gravedad puedan generar alteraciones al orden público; eventos derribados de la intervención humana (casos fortuitos) como incendios, accidentes nucleares o liberación de plagas/epidemias; entre muchas otras”. (Fuente: La Jornada)