CANCÚN, MX.- El Juez Quinto de Distrito concedió la suspensión definitiva en el amparo 1094/2016 interpuesto en contra del Acuerdo del gobernador Roberto Borge Angulo que extinguió la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo (UTAIPPE), y por el que se dio de baja el sistema Informexqroo.
La suspensión definitiva fue solicitada el mes pasado por Fabiola Cortés Miranda, presidenta de la asociación civil “Somos Tus Ojos Transparencia por Quintana Roo”, luego de que con la inhabilitación de la plataforma digital Infomexqroo, el derecho humano a la información fue violentado en el Estado de Quintana Roo.
El amparo promovido por la también litigante, durará por el tiempo en que se lleve a cabo la reestructuración administrativa en materia de transparencia en el Estado de Quintana Roo, y a fin de que durante ese lapso no sea dado de baja el sistema Infomexqroo.
En su resolución, el juez Ciro Carrera Santiago determinó lo siguiente: Considerando las manifestaciones contenidas en la demanda, así como atendiendo a la apariencia del buen derecho y la no afectación del interés social, procede conceder la suspensión definitiva, solicitada para efecto de que el gobernador del estado de Quintana Roo, en su carácter de titular del Poder Ejecutivo del Estado, ordene a quien corresponda se restablezca el sistema Infomexqroo, vínculo diseñado para la recepción de solicitudes de información pública del poder ejecutivo en línea, en tanto se cree la respectiva unidad que será el enlace entre el sujeto obligado, y el solicitante, o bien, el portal en línea correspondiente.
El documento, al cual tuvo acceso Luces del Siglo, el juzgador dio un término de cinco días al gobernador Roberto Borge Angulo para que cumpla con el fallo, “con el apercibimiento que de no acatarse, se procederá conforme a derecho”.
El plazo vence este viernes 10 de septiembre. Lo anterior impide al gobernador suspender el sistema InfomexQRoo, el cual se dio de baja desde finales de julio, lo que se pretendió justificar a través del “Acuerdo” de fecha 29 de julio, publicado en el Periódico Oficial del Estado, por medio de cual se extinguió la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo (UTAIPPE).
El Juez federal consideró que en el citado Acuerdo no se establecía cómo los ciudadanos podrían acceder a su derecho de acceso a la información, y al respecto señaló: Lo anterior, pues si bien es cierto que en el Acuerdo reclamado, en su artículo Octavo Transitorio se estableció que las solicitudes de información que formulen los ciudadanos para el acceso a la información pública y datos personales, las atenderá la Secretaría de la Gestión Pública, a través de la unidad administrativa que faculte para ello, también lo es que, a la fecha, no se tiene certidumbre ante qué unidad adscrita a dicha Secretaría, se deben formular dichas solicitudes, ya que no se ha publicado acuerdo alguno de donde se advierta tal circunstancia. (Fuente: Luces del Siglo)