Por Leslie Gordillo
CANCÚN, MX.- Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) tienen una oportunidad importante de crecimiento gracias al estímulo fiscal que otorga la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para que puedan deducir de manera inmediata bienes nuevos destinados a la producción es un aliciente, destacaron analistas fiscales de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica y de Tecnologías de la Información (Canieti).
Especificaron que este estímula está pensado para aquellas empresas que perciben ingresos de hasta 100 millones de pesos por año, rango en el que se encuentra la mayoría de las empresas mexicanas, pues son las que generan 7 de cada 10 empleos en el país.
En este sentido, Pablo Gutiérrez Laguna, de Gutiérrez Gallegos & Asociados, consideró que lo mejor hubiera sido que se les otorgara la deducibilidad al 100 por ciento de los bonos y otros beneficios sociales de sus trabajadores como estímulos fiscales, pero por ahora se podrá garantizar la continuidad de actividades, sobre todo en un momento en el que las empresas sufren el embate inflacionario por la liberalización parcial de los combustibles, el incremento de las tasas de interés y el tipo de cambio.
Asimismo, se recordó que desde la implementación de la facturación en línea hasta el software de contabilidad electrónica, las Pymes han emprendido un periodo de ajustes, incrementando su necesidad de incentivos para ser más competitivas, obtener una mayor flexibilidad en su esquema tributario, y facilidad para sus cuentas.
“El decreto para deducir sólo aplica en los ejercicios fiscales de 2017 y 2018, en porcentajes que van del 43 por ciento al 94 por ciento, dependiendo del año de que se trate, y solo en los bienes de activo fijo (que no se pueden vender) y agrega que esta opción no podrá ejercerse cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable.
Finalmente, detallaron que para acceder a este estimulo, se deberá llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la deducción inmediata, documentación comprobatoria que las respalde y describa el tipo de bien de que se trate, el por ciento de la deducción correspondiente, el ejercicio en el que se aplicó la deducción y la fecha en la que el bien se dé de baja en los activos del contribuyente. (Noticaribe)