PLAYA DEL CARMEN, MX.- “Así como evoluciona la sociedad deben evolucionar las leyes y deben adecuarse a las necesidades sociales”, aseguró la Presidenta Municipal de Solidaridad, Cristina Torres Gómez, durante la Décimo Segunda Sesión Extraordinaria de Cabildo en la que se aprobaron con 15 votos a favor y dos en contra, reformas, adiciones y derogaciones a diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.
En materia electoral, estas reformas incentivan la participación ciudadana a través de figuras como el plebiscito, el referéndum, la consulta popular y la iniciativa ciudadana que anteriormente requería de, aproximadamente, 29 mil firmas de respaldo, para poder ser analizadas por el Congreso local.
“Cuando la sociedad se une y se suma a cualquier iniciativa es responsabilidad de sus representantes poder atender el llamado. Esta reforma de carácter estructural permitirá poder tomar en cuenta la voluntad ciudadana a través de estos tres mecanismos y esto es realmente un paso adelante”, subrayó la Munícipe.
Asimismo, se busca proteger la paridad de género desde las dimensiones vertical y horizontal, así como la garantía de no violencia política por razones de género, en la postulación tanto de candidatos a diputaciones locales como de miembros de los ayuntamientos; esto es, que no se admitirá la postulación de candidaturas, tanto a diputados locales como a miembros de los ayuntamientos, en detrimento de la subrepresentación y/o sobrerepresentación de cualquiera de los géneros.
Las modificaciones a la Constitución estatal también incluyen la reducción hasta en un 35 por ciento del financiamiento a partidos políticos con el fin de que se refuercen las actividades para la obtención de votos y promover este derecho entre la ciudadanía, por lo que el monto total se determinará multiplicando el 65 por ciento del valor diario UMA por el 65 por ciento del listado nominal de la entidad (como mínimo) con corte al mes de octubre del año anterior, o por la votación válida emitida en la elección de diputados inmediata anterior, en caso de que ésta resulte mayor.
En el mismo contexto, se establece un nuevo sistema de integración de las diputaciones plurinominales que permitirá que candidatos por principio de mayoría relativa que hayan quedado en segundo lugar, puedan acceder a una diputación plurinominal de acuerdo a la votación que hayan obtenido.
Entre las modificaciones constitucionales también está el derecho de los candidatos independientes a acceder a los cabildos por vía de la representación proporcional, garantizar la inclusión de los jóvenes en las planillas a regidores, la facultad para que el gobernador pueda presentar hasta dos iniciativas preferentes por periodo, y la homologación total de las elecciones locales con las federales (efectiva al 2022).
En este sentido, el Gobernador del Estado que sea elegido en el 2022, ocupará el cargo por cinco años; los diputados electos en 2019 y 2022 serán legisladores por tres años, en tanto que los electos en 2025 durarán dos años, para que en 2027 sean elegidos gobernador y diputados. Los candidatos a gobernador deberán cumplir con el requisito de 10 años de residencia en el estado.
Las reformas y adiciones a la ley estatal también obligan a transparentar las sesiones del Instituto y el Tribunal Electoral a través de su trasmisión en vivo por redes sociales.
Las modificaciones aprobadas fueron: reformar las fracciones I, III y IV del artículo 41; la fracción IV del artículo 42; los párrafos cuarto, séptimo, octavo y décimo de la fracción II del artículo 49, los párrafos segundo, cuarto y quinto y los numerales 1 primer párrafo, 5 y 6 cuarto párrafo, todos de la fracción III del artículo 49; los párrafos primero y segundo del artículo 52; el artículo 52 Bis, la fracción IV del artículo 68; la fracción VIII del artículo 75; las fracciones I, II y VIII del artículo 80; la fracción XIX del artículo 90, la fracción III del artículo 135 y la fracción IV del artículo 136.
Asimismo, el Cuerpo de Cabildo aprobó derogar el último párrafo del artículo 52; y la fracción IV del artículo 135 y adicionar la fracción V al artículo 41; un segundo párrafo al numeral 4 de la fracción III del artículo 49; el segundo párrafo a la fracción I del artículo 54; los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 68; las fracciones IX y X al artículo 80; todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. (Fuente: Ayuntamiento de Solidaridad)