Se toma INE ilegal ‘puente’ en Quintana Roo

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PLAYA DEL CARMEN, MX.- Las Vocalías Ejecutivas de los distritos federales electorales 01, 02 y 03 determinaron otorgarse días de asueto y con ello, violentaron el artículo 7 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME), coartando así los derechos político-electorales de los ciudadanos y los partidos políticos, al dejar sin efecto la obligatoriedad de contar con funcionarios de guardia para atender, las 24 horas del día, los asuntos inherentes al proceso electoral federal que inició formalmente el pasado 8 de septiembre.

Con base en la Ley, el artículo 7 determina: “Durante los procesos electorales todos los días y horas son hábiles. Los plazos se computarán de momento a momento y si están señalados por días, éstos se considerarán de veinticuatro horas”; hecho que obliga a los funcionarios electorales, que son la primer instancia a la que acuden quienes pretenden dirimir actos relativos a la elección, a señalar a los empleados o funcionarios electorales quienes habrán de hacer guardias para recibir, escuchar y atender a quien se acerque con un tema relativo a su competencia.

El pasado sábado 04 de noviembre y en un recorrido por las instalaciones de la Vocalía Ejecutiva del 01 Distrito electoral federal constatamos que si bien, la puerta de acceso a las oficinas estaba abierta y con un guardia de seguridad para regular el acceso, ningún funcionario de la Junta laboraba.

El guardia de seguridad subió a las oficinas para cerciorarse y confirmó el hecho: no había nadie laborando. Acto seguido se hicieron sendas llamadas telefónicas al Vocal Secretario, al Vocal Presidente y ninguno de ellos tenía el teléfono encendido.

En una llamada telefónica al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tercera Sala Regional con sede en la Ciudad de Xalapa, Veracruz, el personal, que efectivamente se encontraba laborando, se preguntó sobre la obligatoriedad de que las Vocalías contaran con guardias en atención al artículo 7 de la LGSMIME, lo que fue confirmado.

En atención a que se buscaba a los funcionarios, el empleado que atendió el llamado se dio a la tarea de localizar a los funcionarios del 01 Distrito Electoral, con los mismos resultados, es decir, no les fue posible contactar con nadie que pudiera atender la visita.

En ese momento se cuestionó al funcionario federal sobre lo que tendría que hacer un ciudadano o representante de partido político para ingresar un escrito, con base en el artículo 7 de la LGSMIME, en el entendido de que las Vocalías son la primer instancia para recibir y conocer denuncias o medios de impugnación, a lo que respondió que podría intentarse ingresarlo a alguna de las Juntas o Vocalías cercanas, que para el caso serían las sedes del 02 y 03 distritos ubicados en la Ciudad de Cancún.

A través de los directorios del Instituto Nacional Electoral, se consiguieron los números telefónicos de esas sedes y se pudo corroborar que, al igual que en el 01 Distrito, el personal del 02 y 03 no habrían acudido a laborar, ni habrían determinado habilitar una guardia conforme a sus obligaciones determina. (Noticaribe)

 
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