Por Julio César Solís
CANCÚN, MX.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una serie de recomendaciones por el caso Malecón Tajamar a Semarnat, Profepa, Fonatur y el Ayuntamiento de Benito Juárez, por la remoción de manglar para la realización del desarrollo “Malecón Cancún”.
Y es que el caso se ha mantenido en litigio, luego que ciudadanos intervinieron para evitar que la zona fuera devastada en su totalidad para la construcción de proyectos inmobiliarios, que incluyen condominios, centros comerciales y hasta una iglesia.
Por ello, y ante quejas formuladas ante la CNDH, ésta abrió el caso de la violación a los derechos humanos a un medio ambiente sano, a la seguridad jurídica y al principio de la legalidad, por la remoción de manglar para la realización del desarrollo “Malecón Cancún” (Proyecto Tajamar) en Quintana Roo, según las evidencias en el expediente CNDH/6/2016/378/Q y su acumulado CNDH/6/2015/6584/Q, relacionados con los escritos Q1, Q2, Q3, Q4 y Q5.
La CNDH enfatiza que con la finalidad de proteger la identidad de las personas que intervinieron en los hechos y evitar que sus nombres y datos personales sean divulgados, se omitió su publicidad.
A través de la recomendación 67/2017, con fecha de 5 de diciembre y firmada por el ombudsman Luis Raúl González Pérez, la CNDH envió las recomendaciones a los titulares de Semarnat, Rafael Pacchiano Alamán; de Profepa, Guillermo Haro Bélchez; de Fonatur, Miguel Alejandro Alonso Reyes, así como al alcalde de Benito Juárez, Remberto Estrada Barba.
A todas las dependencias, la Comisión Nacional de Derechos Humanos les pide aporten los elementos necesarios para iniciar con los procedimientos administrativos contra los responsables.
A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) le recomienda que en un plazo de tres meses a partir de la aceptación del documento, en coordinación con el Ayuntamiento de Benito Juárez, además de la participación de Fonatur y sociedad civil, diseñe y ponga en marcha un Programa Integral de Conservación y Restauración Ecológica para el área ocupada para el Proyecto Tajamar y se remita trimestralmente un reporte del seguimiento de actividades durante el primer año de su implementación.
Asimismo, le pide identificar resoluciones vigentes, tanto en materia de impacto ambiental como de cambio de uso de suelo en terrenos forestales emitidas durante los últimos cinco años en Quintana Roo, y de existir alguna afectación promover los juicios de lesividad el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el fin de modificarlas o nulificarlas por vulnerar el interés público.
Mientras, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la CNDH le recomienda determinar e imponer las medidas técnicas correctivas y de urgente aplicación, a fin de evitar, en la mayor medida posible, se sigan realizando actividades de remoción de manglar en el lugar de los hechos y remitan las pruebas de cumplimiento a la CNDH.
De igual forma, le solicita elabore un programa de visita anual de inspección y verificación del cumplimiento de la normatividad ambiental vigente en las materias de impacto ambiental, cambio de uso de suelo en terrenos forestales y vida silvestre, en los terrenos ocupados por vebgetación de humedal.
Igualmente, la CNDH recomienda al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) que colabore con Semarnat y el Ayuntamiento de Benito Juárez, a efecto de que en un plazo de tres meses contados a partir de la aceptación del oficio diseñe y ponga en marcha un Programa Integral de Conservación y Restauración Ecológica para el área ocupada para el Proyecto Tajamar y se remita trimestralmente un reporte del seguimiento de actividades durante el primer año de su implementación.
También, le da tres meses para que establezca como requisito indispensable en los procedimientos para la aprobación de los proyectos turísticos a su cargo, el estricto cumplimiento a la normatividad nacional ambiental vigente y aplicable, y de los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
Finalmente, al Ayuntamiento de Benito Juárez le recomienda trabajar en el Programa Integral de Conservación y Restauración Ecológica, sumado a que cuenta con tres meses a partir de aceptar la recomendación para establecer un procedimiento para las evaluación de solicitudes de chapeo y desmonte, de tal manera que se garantice el estricto cumplimiento a la normatividad ambiental vigente y aplicable, internacional, federal, estatal y municipal.
La CNDH recomienda a la comuna que en un plazo de 90 días realice una revisión integral del actual Plan de Desarrollo Urbano (PDU). (Noticaribe)