Por Rafael Briceño
Durante su sesión, los magistrados resolvieron evocar el acuerdo IEQROO/CG-A-033-18 a efecto de emitir uno nuevo que dé respuesta al actor en materia de reelección. Los magistrados del TEQROO consideraron fundados los agravios presentados por Jacobo Ay Ché, dado que el Instituto Electoral de Quintana Roo no le ofreció una respuesta congruente a la consulta que formulo éste.
Asimismo en cumplimiento a lo ordenado por el Juez del Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito en materia de amparo con residencia en Cancún, Quintana Roo, el pleno del TEQROO resolvió la controversia laboral CL/001/2017. (Noticaribe)