CIUDAD DE MÉXICO.- Por decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los candidatos sin partido a la Presidencia de la República podrán recaudar hasta 422 millones de pesos del sector privado para financiar sus campañas, 10 veces más de lo que había aprobado el Instituto Nacional Electoral (INE).

La resolución fue aprobada por la totalidad de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal, atendiendo a la impugnación interpuesta por la aspirante Margarita Zavala contra el acuerdo del INE, por considerar que “vulneraba la equidad” en la contienda.

El 28 de marzo, el INE determinó que el límite de financiamiento privado para las candidaturas independientes no podía rebasar 10% del tope de gasto para la elección, como lo estipula el artículo 399 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).

En el caso de la contienda presidencial, el tope está estipulado en 429 millones 633 mil 325 pesos, por lo que los candidatos habían sido habilitados a recaudar únicamente 42.9 millones, que sumados a siete millones provenientes de recursos públicos que les corresponden no alcanzaban los 50 millones de pesos.

En ese sentido, el proyecto del Tribunal dispuso que los candidatos sin partido puedan recaudar del sector privado 422 millones 633 mil 325 pesos para poder alcanzar el límite de egresos permitidos para el resto de los contendientes por encima de lo estipulado en la ley.

El proyecto elaborado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera, el mismo que presentó la ponencia con la que el Tribunal incluyó a Jaime Rodríguez Calderón El Bronco en la boleta presidencial, dice a la letra:

“La propuesta declara fundada la inconstitucionalidad del artículo 399 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que establece que los candidatos independientes tienen como límite de financiamiento privado el 10% del tope de gasto para la elección de que se trate. Ello, ya que una vez realizado el examen de constitucionalidad se concluye que el límite fijado por la ley no resulta proporcional al generar desventaja entre los candidatos independientes y quienes compiten por la vía partidaria”.

Con el fin de no vulnerar la fiscalización y buscando no “propiciar la injerencia” de terceros en la contienda, según el texto, también se decidió establecer un límite individual en las aportaciones privadas equivalente al 0.5% del tope de gastos de cada campaña.

En su intervención, la presidenta del TEPJF, Janine Otálora, precisó que la resolución será válida para los contendientes sin partido a cualquier cargo de elección.

Pero acotó que esta ampliación no exime a sus beneficiarios de ser sujetos a la fiscalización del destino y uso del dinero que recauden por parte del INE, sujetos a las mismas reglas que los partidos políticos.

Y agregó: “Los recursos que obtengan deberán tener un origen lícito, por lo que tienen la obligación estos candidatos de rechazar toda clase de aportaciones o donativos prohibidos por la normatividad. Tampoco podrán solicitar créditos ni recibir aportaciones de personas no identificadas y todos los ingresos deberán estar sustentados en documentación original, ser registrados en contabilidad y depositados mediante cheque o transferencias”.

Finalmente, la magistrada Otálora recordó que el propio INE todavía tiene dos investigaciones abiertas en cuanto a la fiscalización de los candidatos independientes en gastos ejercidos durante la precampaña. (Fuente: Proceso)

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