Clausura Profepa predio por invasión y por daños a 3 mil 417 metros cuadrados de selva en reserva de Playa del Carmen

Palma Chit (Thrinax radiata) en estatus de Amenazada (A) conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

PLAYA DEL CARMEN, MX.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró actividades de desmonte y remoción de vegetación de selva, en un predio de más de tres mil 400 metros cuadrados en la Reserva Territorial de Playa del Carmen, municipio de Solidaridad, Quintana Roo, el cual había sido invadido por un grupo de personas.

Personal actuante de esta Procuraduría, en atención a denuncia ciudadana, se constituyó en la Reserva Territorial de Playa del Carmen, donde detectó la remoción de vegetación secundaria arbórea de selva mediana subperennifolia.

Durante la inspección y resultado del recorrido realizado en el área, se constató el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, afectándose una superficie de tres mil 417 metros cuadrados, espacio que fue invadido y donde se registró un asentamiento humano.

Para ello, desmontaron y removieron vegetación de selva arbórea, y se afectó Palma Chit (Thrinax radiata) en estatus de Amenazada (A) conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, así como otras especies.

Se solicitó al visitado la documentación que acreditara la autorización para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), de la cual carecía, por lo que se determinó establecer la clausura temporal total de conformidad con lo señalado en el artículo 161, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

Las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 100 a 20,000 veces las Unidades de Medida y Actualización vigentes en la Ciudad de México, independientemente de las sanciones penales que resulten.

Conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá  imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, así como una multa por el equivalente de cien a tres mil días multa a quien desmonte o destruya la vegetación natural y cambie el uso del suelo forestal. (Fuente: Profepa)

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