Por Julio César Solís y Rafael Briceño
CANCÚN, MX.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) revocó esta noche la candidatura de José Luis Acosta Toledo, alias ‘Chanito’, quien fue registrado como aspirante a la presidencia municipal de Benito Juárez, por no cumplir con la residencia así como por no haber renunciado oportunamente a un cargo público.
El órgano jurisdiccional otorgó un plazo no mayor a tres días a la coalición PAN-PRD-Movimiento Ciudadano (MC) para registrar sustituto.
En sesión del Pleno, los magistrados del Teqroo determinaron que José Luis Acosta Toledo no cumplió con dos requisitos de elegibilidad para ser abanderado, uno relacionado con su residencia en Cancún, y dos el no haber dimitido a su cargo público en la Secretaría de Desarrollo Social (Sedeso).
Por ello, el Teqroo ordenó que la alianza “Por Quintana Al Frente” inscriba a otro candidato en un plazo no mayor de tres dias.
El PRD, partido encargado de la designación de candidato en Benito Juárez dentro del ‘Frente’, contempló desde hace unos días la posibilidad de que se cayera la postulación del ‘simi Chanito’ y comenzó pláticas con distintos personajes.
Entre ellos, se encuentra el presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) del Caribe, Eloy Peniche Ruiz, así como los perredistas Salvador Diego Alarcón y Alejandro Noya Argüelles.
De acuerdo con los protocolos del Sol Azteca, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) determinará en breve quién será el nuevo candidato, esto a 12 días de que concluyan las campañas proselitistas.
OTRAS RESOLUCIONES DEL TEQROO
Asimismo, los Magistrados del Teqroo resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador /012/2018- presentado por el PRI quien denunció actos irregulares en la utilización de equipamiento público por parte de la planilla para el Ayuntamiento de Benito Juárez por la coalición “Quintana Roo al frente”.
Al respecto, los agistrados del Teqroo declararon inexistente la conducta atribuida a dicho integrantes de la coalición, dado que de las constancias que obran en autos no existieron pruebas suficientes para acreditar las supuestas faltas denunciadas.
Mientras que el Procedimiento Especial Sancionador –PES/013/2018-, lo interpusieron los partidos políticos Encuentro Social y Revolucionario Institucional, en los que señalan supuestos actos irregulares cometidos por Edgar Gasca Arceo y la coalición “Juntos haremos historia”, integrada por Morena y el Partido del Trabajo para la Presidencia Municipal de Isla Mujeres.
En este asunto, el pleno determinó declarar existentes las infracciones denunciadas, toda vez que dicho actos pudieran confundir al electorado, determinando una amonestación pública para el candidato Edgar Gasca Arceo, así como a los partidos del Trabajo y Morena por haber dejado de vigilar el uso de las redes sociales por parte de dicho candidato.
Y en el Procedimiento Especial Sancionador –PES/014/2018-, el partido político Morena lo presentó en contra de Niurka Alba Sáliva Benítez por utilizar propaganda engañosa que puede llevar a la confusión de los votantes.
Respecto a este asunto, el pleno de este Tribunal por unanimidad de votos determinó declarar existente la conducta infractora, ya que con las pruebas presentadas se acreditó el acto irregular al utilizar la imagen del candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador, por tal motivo decidieron imponer una sanción de amonestación pública a la candidata Niurka Alba Sáliva Benítez, así como al Partido Encuentro Social por haber faltado a su deber de cuidado. (Noticaribe)