Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX.- Por considerar que utilizaron elementos de propaganda política que confundió a los electores, los magistrados del Teqroo determinaron imponer amonestaciones públicas contra las candidatas del PES a la presidencia municipal de Benito Juarez, Niurka Sáliva Benitez, y de Bacalar, Trinidad Guillen Nuñez, así como el de Solidaridad Luis Roldán Carrillo.
Los Procedimientos Especial Sancionador /025/2018 y 029/2018 fueron interpuestos por el partido político Morena en contra de la candidata a la presidencia municipal de Benito Juárez, Niurka Alba Sáliva Benítez, por utilizar propaganda sin cumplir con los principios rectores en materia electoral, al utilizar la imagen del candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador.
Los Magistrados del pleno determinaron existentes las irregularidades denunciadas por Morena en contra de Sáliva Benítez y el Partido Encuentro Social, imponiéndoles una amonestación pública por la infracción a la normatividad electoral.
Respecto al PES/026/2018 fue interpuesto también por Morena en contra de María Trinidad Guillén Nuñez, candidata a presidenta municipal de Bacalar por el Partido Encuentro Social, por utilizar propaganda sin cumplir con la normatividad electoral, al usar la imagen del candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador.
Al respecto, los Magistrados de este Tribunal determinaron existente la conducta infractora atribuida a Guillén Nuñez y le impusieron una amonestación pública a ésta y al Partido Encuentro Social.
Por otra parte, el Procedimiento Especial Sancionador 027/2018 lo ingresó el Partido Encuentro Social en contra de la candidata a la presidencia municipal de Solidaridad, Laura Esther Beristaín Navarrete y la coalición ‘Juntos haremos historia’, por supuesta propaganda indebida, al utilizar imágenes en diversos espectaculares del candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador, confundiendo al electorado.
En este procedimiento, los Magistrados que integran el pleno declararon inexistentes las conductas denunciadas, al no haberse acreditado en autos que los mismos infringieran la normatividad electoral, dado que dicha coalición y su candidata gozaban de todos los derechos para promocionar la imagen del entonces candidato a la presidencia, Andrés Manuel López Obrador, porque comparten la misma plataforma electoral tanto a nivel nacional como local.
Por último, se resolvió el PES/028/2018 que presentó el partido político Morena en contra de Luis Fernando Roldán Carrillo, candidato a la presidencia municipal de Solidaridad por el Partido Encuentro Social, por difundir propaganda electoral indebida, al utilizar la imagen en forma de caricatura del candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador.
A consideración de los Magistrados del Teqroo, se tuvo como acreditada la existencia de la propaganda electoral controvertida, ya que en autos existieron evidencia que probaron tal situación, es por eso que se determinó imponer una sanción consistente en una amonestación pública al candidato y al Partido Encuentro Social. (Noticaribe)