CHETUMAL, MX.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en atención a denuncias populares, inspeccionó dos predios en Quintana Roo, en el primero por la construcción de una marina para colocar embarcaciones en la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), en la zona hotelera de Cancún, y el segundo por la extracción de material pétreo en más de un millón 340 mil metros cuadrados (m2) de terreno en Playa del Carmen.

Con relación al predio ubicado en la zona hotelera de Cancún, inspectores de la PROFEPA en esa entidad se constituyeron en el predio que ocupa la razón social Real Arenas de Cancún, S.A. de C.V., concesionaria de la ZOFEMAT inspeccionada, adyacente a la Laguna Nichupté.

Durante la diligencia los inspectores observaron que en la superficie de ZOFEMAT concesionada a la citada empresa, la cual es de 443.17 m2, se encuentra una fracción de la construcción de la marina del Royal Sands, consistente en un andador de concreto con plataforma para colocar embarcaciones y una fracción de una palapa; además de detectarse el traslape en una superficie de 113.80 m2 con una superficie de Zofemat concesionada a un particular.

En cuanto al sitio inspeccionado en la carretera Chetumal-Cancún, en la localidad de Playa del Carmen, municipio de Solidaridad y que está conformado por los predios dominados Santa Amelia II y Los Pícaros, los inspectores actuantes detectaron el cambio de uso de suelo en terrenos forestales derivado de las actividades de la extracción de material pétreo, así como de la operación de obras e instalaciones de apoyo en una superficie aproximada de 134.28 hectáreas, lo que afectó vegetación secundaria arbórea derivada de selva mediana subperennifolia.

Los predios Santa Amelia II y Los Pícaros se encuentran inmersos en la continuidad de la mancha urbana de la localidad de Playa del Carmen; al momento de la visita de inspección el responsable no acreditó contar con la autorización para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

El responsable de la extracción del material pétreo cuenta con cinco días posteriores al cierre de la inspección para manifestar lo que a su derecho corresponda y aporte las pruebas que considere con relación a los hechos detectados en la visita.

De no desvirtuar los probables incumplimientos detectados a la normatividad en las materias de Zofemat y forestal por cambio de uso de suelo en terrenos forestales podrán ser sancionados con una multa que va de 100 a 20 mil veces la Unidad de Media y Actualización vigente de conformidad con lo señalado en el artículo 157, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable por lo que corresponde al cambio de uso de suelo en terrenos forestales independientemente de las sanciones penales que resulten. (Noticaribe)

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