CANCÚN, MX.- Por considerar que no se cuenta con suficiente tiempo, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el fallo de su homólogo quintanarroense, para regresar los criterios de registro de candidatos a como se emitieron originalmente, sin acción afirmativa a favor de jóvenes e indígenas.
Los magistrados federales, al revisar las impugnaciones del PVEM, PT, PAN y Morena, determinaron que no se contaba con la temporalidad para poder incorporar acciones afirmativas en términos de representación de jóvenes e indígenas, ya que previo a ello deben realizarse estudios para optimizarlo, incluida la identificación de los distritos con mayor población indígena, para que sea en estos donde se postule exclusivamente a candidatos de estas etnias.
Sin embargo, vinculó al Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) a efectuar este proceso para establecer estas acciones afirmativas, para las siguientes elecciones.
LIMITAN REELECCIÓN
Por otro lado, la Sala Regional Xalapa limitaron los alcances de la reelección, pues un diputado que busque nuevamente contender debe hacerlo únicamente por el distrito donde fue electo la vez pasada.
Ello, porque al postularse por un distrito distinto, el candidato incumple la finalidad de la reelección, que es generar un vínculo con sus electores.
Cabe destacar que, de los 25 diputados actuales, solo cuatro buscan la reelección por vía directa. Dos, Tyara Schleske y Fernando Zelaya lo hacen por los mismos distritos que la vez pasada (4 y 14, respectivamente). Sin embargo, los otros dos, los panistas Jesús Zetina Tejero y Eugenia Solís Salazar son plurinominales, inscritos ahora en distritos, situación particular que tocará ser analizada.
Por último, confirmó la decisión del Ieqroo de permitirle a un partido nacional que haya perdido su registro pero que alcance registro como partido local (es decir, Encuentro Social) de formar coaliciones, al considerar que no sería una fuerza política de nueva creación. (NOTICARIBE)