Agencia Reforma
CIUDAD DE MÉXICO, MX.- La solicitud de arbitraje internacional que hizo la CFE para resolver diferencias de pagos con IEnova, TC Energía y Grupo Carso por contratos de gasoductos, evidencian que pretende ignorar prácticas internacionales, las cuales no eximen de pago al contratista.
De acuerdo con un reporte de recomendaciones de provisiones contractuales para proyectos de prestación de servicios, elaborado por el Banco Mundial, cuando un contratante solicita algún bien o servicio por el que se establece un monto y forma de pago, se consideran cláusulas que prevén eventos que frenen o detengan el desarrollo de la obra (fuerza mayor).
Cuando lo anterior se presenta y el evento no lo controla alguna de las partes, las reglas dictan que deben cumplir con los pagos pactados.
Los eventos incluidos en las cláusulas de los contratos comerciales son de carácter natural, como los desastres naturales y epidemias, o político, que no pueden ser controlados por las autoridades, como las nacionalizaciones, huelgas o negativa a conceder licencias.
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) firmó contratos comerciales con las empresas de transporte de gas natural, pero ante el cambio de Gobierno, ahora está en desacuerdo con las cláusulas firmadas en la Administración anterior, lo que la llevó a solicitar un arbitraje por los términos del contrato del gasoducto marino Sur de Texas-Tuxpan y el Samalayuca-Sásabe.
Esto lo hizo ante el Tribunal de Arbitraje de Londres, que es parte de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional.
Luis Asali, abogado y socio fundador de Bufete Asali, expuso que CFE fue el que marcó las rutas por las que atraviesan los gasoductos, por lo que si se presentaron conflictos de fuerza mayor y el proyecto tuvo retrasos, debe asumir el riesgo, cumplir con los pagos e indemnizar por incapacidad de uso.
“La Comisión fue quien redactó los contratos de forma bilateral con las empresas involucradas, que ahora quieran incumplir con lo establecido en sus contratos sólo genera incertidumbre a los derechos económicos de los inversionistas, quienes dudarán en continuar sus inversiones”, destacó el especialista, quien lleva un caso de arbitraje contra CFE por el proyecto Chicoasén II.
Para Eduardo Prud’homme, consultor independiente de energía, los arbitrajes se solicitan por el desacuerdo en alguna claúsula particular, no por todo el contrato.
En ese sentido, la CFE tiene 10 días hábiles para dar luz verde a la operación comercial del ducto tras la solicitud de IEnova y TC Energía, plazo que vence el 5 de julio. (Agencia Reforma)