Por Saraí Santillán

PLAYA DEL CARMEN, MX.- Laura Beristain Navarrete, se deslindó del ex contralor municipal, Rubén Almorejo López, a quien se le acusa por supuestamente usurpar la profesión de abogado al ostentar un cargo público, ocultar ante el cabildo su currículum respecto a la preparación académica y falsificar documentos al usar la cédula profesional de otra persona.

A pesar de las declaraciones de Almorejo López señalando que Beristain Navarrete lo ayudó y desde un inicio estuvo al tanto de su situación profesional, la alcaldesa declaró este día que ella siempre actuó de buena fe y que no es suya la responsabilidad.

“No, ahora sí que cada quien es responsable de lo que expresa, yo siempre actúo de buena fe”, dijo.

Además, indicó que el Ayuntamiento de Solidaridad revisará si todos los documentos emitidos por la Contraloría Municipal desde octubre a la fecha tienen validez, ya que cuentan con la firma del licenciado Rubén Delfino Almorejo López, bajo la cédula 1632102.

De acuerdo con declaraciones de Laura Beristain, el día de ayer recibió la petición del ex funcionario para separarse del cargo y solucionar temas personales, por lo que Iván Murúa, queda como jefe de despacho de la Contraloría Municipal.

Analizará Cabildo la situación

En este sentido, Gustavo García Utrera, regidor de Solidaridad, dio a conocer que en la próxima sesión de cabildo analizarán la situación de Rubén Almorejo, ya que durante casi un año estuvo laborando en “falta”, al no declarar su situación profesional y tomar protesta como licenciado ante el Cabildo.

Usurpar profesión es un delito

Tanto la federación como el estado clasifican la usurpación de profesiones como un delito y de acuerdo con el Capítulo IV, artículo 243, del Código Penal Federal, este se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años y de 200 a 300 días de multa.  En el caso de documentos privados, con prisión de seis meses a cinco años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días multa.

Mientras que de acuerdo al artículo 190 del Código Penal del Estado de Quintana Roo, a la persona que, sin serlo, se atribuya el carácter de profesionista, ofrezca públicamente sus servicios como tal, realice actividades propias de una profesión sin tener el título correspondiente exigido por la Ley, o se ostente por medio de placas, tarjetas, papel membretado, anuncios u otra forma de publicidad para ofertar dichos servicios, obtener algún beneficio o causar algún daño, se aplicará prisión de uno a cinco años y de cincuenta a doscientos días de salario. (Noticaribe)

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