Agencia Reforma
MONTERREY, MX.- La iniciativa de ingresos del presupuesto federal para el 2020 propone elevar del 30 al 35 por ciento la tasa de ISR sobre ingresos que personas físicas obtengan a través de “entidades que tengan en el extranjero y cuyos ingresos se consideren sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes (Refipres)”.
Estas entidades son sociedades constituidas en otros países con personalidad jurídica propia y sobre los ingresos que residentes en México obtengan de ellas se debe tributar en el País.
“Se elimina (además) la excepción de no considerar como ingreso sujeto a Regímenes Fiscales Preferentes (Refipres), los derivados de ciertas regalías”, señaló en un análisis la firma PwC.
Un Refipre no tributa en el extranjero o tributa a una tasa de ISR menor a la de México.
Especialistas señalaron que las deducciones bajo este régimen se realizan conforme a las leyes fiscales mexicanas.
Para las personas morales (empresas) se mantiene la misma tasa del 30 por ciento, que es la máxima para los contribuyentes de este tipo.
“También se consideró conveniente aclarar cuál es el tratamiento fiscal de las figuras jurídicas extranjeras con son los ‘trust’ o ‘partnerships’, sin importar su tratamiento fiscal en el extranjero.
“Se consideró que dichas figuras deben tratarse como contribuyentes para efectos de la Ley del ISR”, puntualizó.
Los cambios se contemplan específicamente en una iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, publicado el domingo 8 de agosto. (Agencia Reforma)