NUEVO LEÓN, MX.- El Congreso estatal aprobó el concepto de legítima defensa a fin de que quien lesione o prive de la vida en defensa propia sea considerado inocente; especialmente cuando se trate de la protección de sus bienes, de su familia, de su patrimonio o de su negocio, publicó infobae.com.
Esto, ya no aplicará sólo en los domicilios, como solía establecer el Código Penal de la entidad, sino también a los negocios o lugares de trabajo.
La bancada de Morena fue la única que se opuso a la aprobación de dicha reforma, propuesta que fue promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) y que abonó 28 votos de su bancada, en suma con los del PRI, PT, MC, PVEM y Panal.
Quienes rechazaron votar a favor de la propuesta para ampliar la legítima defensa fueron siete diputados de Morena, entre ellos, Claudia Tapia, quien renunció a su partido, luego de presentar una propuesta para frenar el chapulineo en el Congreso local.
Fueron Claudia Caballero y Carlos De la Fuente los panistas que presentaron las justificaciones para ampliar los alcances de la legítima defensa.
En la sesión del martes 17 de diciembre fue que el Congreso nuevoleonense aprobó la propuesta de ampliar el derecho de legítima defensa a negocios y centros de trabajo.
La reforma de posesión de armas concede a los habitantes de Nuevo León el derecho de defenderse en caso de sufrir una agresión o robo o allanamiento dentro de su domicilio.
Al aprobarse se hizo hincapié en que como tal, la ley no es un derecho o un cheque en blanco para matar. Incluso el coordinador del PAN, Carlos De la Fuente, puso sobre la mesa que la aprobación de dicha reforma obedece a exigencias de la ciudadanía en materia de seguridad y como un acto de justicia elemental.
Igualmente los diputados que estuvieron a favor de la reforma, señalaron que con ésta se evita que los pobladores del estado vayan a la cárcel por el sólo hecho de defenderse.
Claudia Caballero fue la primera diputada en presentar la iniciativa a inicios de 2019; ella acotó que la modificación al Código Penal da certeza jurídica a los nuevoleoneses, además de la tranquilidad de actuar con base en la ley y cuidando de su vida y la de los suyos.
Una obligación de resguardo y de defensa personal es lo que significa esta reforma para los legisladores que la propusieron.
En tanto que los diputados que estuvieron en contra, como Armando Torres, de Morena, argumentó que no estaba a favor de la reforma pues la ampliación de la legítima defensa legítima aumenta la violencia entre la ciudadanía, sin mencionar que no va acorde con el derecho a la seguridad que el estado debe ofrecerles.
Para algunos legisladores la aprobación de ampliar la ley en materia de defensa pone en manos de los pobladores la tarea de asumir las responsabilidades públicas, sin mencionar que ello puede generarles confusión al ejercer dicho derecho, como a manera de permiso para matar.
Sin embargo dicha iniciativa, ya venía empujándose desde 2017 en la legislatura local anterior, lo que valió que la defensa en domicilio fuera legal.
La reforma de hace dos años, aprobó la inclusión de modificaciones al artículo 17 del Código Penal estatal, en aquel entonces presentada por el panista Marcos Mendoza.
A partir de ese año fue que las personas que lesionaran o privaran de la vida a un intruso sorprendido en su hogar en el que se encontraran familiares, no serían imputables.
En contraste, durante ese mismo periodo la organización civil Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (Cadhac), señaló a los legisladores que empujaban la iniciativa que los ciudadanos no contaban con la formación necesaria para hacer uso de las armas, situación que calificaban de factor de riesgo latente en materia de incidentes que podrían poner la vida de terceros en peligro.
Por el momento, lo único que se tiene que presentar al momento de hacer uso de esta ley es un permiso para portar armas expedida por la Secretarìa de la Defensa Nacional en caso de lesionar o matar a un supuesto delincuente al interior de sus casas, de sus centros de trabajo o comercios.
Otro estado que se ha sumado a la ampliación de la legítima defensa fue Coahuila, donde matar en defensa propia ya es legal con base en la aprobación de la modificación al artículo 57 del Código Penal del Estado.
Lo mismo aplica para la Ciudad de México, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a inicios de noviembre de 2019 avaló como constitucional el establecer en los códigos penales la legítima defensa, misma que fue explicada por la ministra Norma Lucía Piña Hernández.
Veracruz también se ha sumado a la lista de estados que aprueban la reforma a su código penal con el objetivo de establecer la suspensión de funciones por legítima defensa. Es el mismo caso con Baja California Sur y Guanajuato. (Fuente: infobae.com)