CANCÚN, MX.- El uso del agua es un tema sensible entre los ciudadanos, algunos se preguntan por qué deben pagarla si es un producto existente de manera natural en nuestro planeta y es un derecho consagrado en la Constitución.
De acuerdo con la gestión jurídica en México, con fundamento en el artículo 4° de la Constitución Política, ésta indica que:
Por disposición del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo, la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) determina las tarifas que los ciudadanos pagan por los servicios mencionados. En la zona norte del estado, donde el organismo operador es la empresa AGUAKAN, ésta recibe cada mes la información tarifaria proveniente de la CAPA y hace lo propio para enviar a los clientes los respectivos recibos por el consumo de agua.
Ante este escenario, las asociaciones público privadas (APP) han sido un gran auxiliar para brindar recursos suficientes que aseguren inversiones en agua y permitan garantizar el derecho al agua; y a la vez sean un vehículo para atraer financiamientos sin generar deuda pública.
Independiente a que la administración sea pública o privada, la gestión y operación del ciclo del agua se financia a través de estas tarifas que se les cobran a los clientes por su uso y normalmente por la cantidad de m3 que consumen. La periodicidad de la lectura se realiza de forma mensual y con la finalidad de apoyar a los clientes, así como de favorecer el pago oportuno de los servicios, Aguakan ha desarrollado varios sistemas de aviso temprano para aquellos que tienen un consumo mayor a su promedio habitual.
AGUAKAN, como asociación público-privada en el giro del agua y saneamiento en los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos, Isla Mujeres y Solidaridad, ha desarrollado esquemas bilaterales entre la empresa y sus clientes para consensuar acuerdos económicos relacionados al pago de sus servicios para garantizar la disponibilidad del líquido en el futuro y seguir brindando un servicio de calidad a la población garantizando de esta manera el acceso al agua. (Fuente: Aguakan)