Por Saraí Reyes

CANCÚN, MX.- “El Hotel RIU Riviera Cancún mantiene vigentes las suspensiones temporales, por lo tanto no puede retomar obras”, aseguró el abogado Gerardo Solís Barreto, quien ha promovido diversos recursos por daño ambiental, los cuales derivaron en la suspensión de los trabajos desde el pasado 4 de marzo, cuando el Juzgado Séptimo de Distrito concedió una suspensión provisional a 23 menores que se ampararon en contra de este proyecto.

Lo anterior, luego de que la cadena hotelera Riu Hotels & Resorts, a través de un comunicado, dio a conocer que estarán reactivando los trabajos del proyecto RIU Riviera Cancún, tras haberse revocado ambas suspensiones temporales que tenían paralizada la obra, como resultado de un primer amparo presentado en el mes de marzo y un segundo en este mes de agosto, que tanto el Juzgado Séptimo de Distrito como el Tercer Tribunal Colegiado, con sede en Cancún, han decidido revocarlos.

Sin embargo, para el abogado, este fallo le hace suponer que hubo pago de soborno de por medio, ya que aún está vigente un recurso de revisión dirigido a Juan Manuel Torres Burgos, director General de Impacto y Riesgo Ambiental, contra de la determinación contenida en el oficio número SGPA/DGIRA/DG/03600 de fecha veinte de agosto del año dos mil veinte, donde se niega la petición para presentar juicio de lesividad, en virtud de que el Director General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, hizo una incorrecta fundamentación y motivación de los hechos, que se aparta de lo contenido en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población Cancún Benito Juárez, Quintana Roo 2014-2030, (PDU), que se debe de observar para la emisión de la resolución contenida en el oficio número S.G.P.A./DGIRA/DG/08730 de fecha 18 de diciembre de 2015.

“Tengo sospechas, incluso, de que han sobornado a magistrados del tribunal colegiado en la ciudad porque recientemente compraron o sobornaron magistrados y del primer tribunal colegiado de la ciudad de Cancún, específicamente a la magistrada Laura Granados Guerrero, quien resolvió el recurso de queja 157/2020, en dicha resolución, eleva el estándar que debe tener los promoventes de un juicio de amparo en esta materia, de manera francamente sospechosa, contraviniendo a todas luces convenios y tratados internacionales firmados por México reconocidos por el senado”, señaló.

Explicó que en el anexo marcado con el número 2, la resolución de la Semarnat le niega al hotel Riu Riviera Cancún la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para poder construir el desarrollo que, sobre la duna costera, “no es creíble ni posible que en 6 meses después de la negativa que hace la Semarnat la duna costera haya desaparecido”, expuso. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook