Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Aunque la intención es acabar con los acaparadores y revendedores que aparecieron en la pandemia del Covid-19 y la venta clandestina que representan una competencia desleal para los comerciantes fijos, el gobernador Carlos Joaquín González propuso a la Décimo Sexta legislatura aprobar la creación de una licencia adicional para aquellos establecimientos que ya cuentan con una patente para la venta de bebidas alcohólicas autorizadas y vigentes que les permita la comercialización en línea y/o a domicilio, con un costo igual al de la licencia original. 

Los titulares de licencia de venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado que opten por vender bebidas alcohólicas en la modalidad “en línea y/o a domicilio” deberán solicitar su licencia adicional, misma que estará vinculada a la licencia principal y sujeta a las mismas restricciones. La licencia de venta en línea y/o a domicilio será otorgada previo pago de los derechos correspondientes.  

Aunque esta licencia adicional para la venta de bebidas alcohólicas a domicilio y/o en línea permitirá tener una relación de todos aquellos consumidores que utilicen el servicio pues los propietarios de establecimientos deberán llevar una bitácora de servicio prestado ya que de lo contrario serán sujetos a multa y sanciones. 

En la exposición de motivos para la presentación de la iniciativa mediante la cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la ley sobre venta y consumo de bebidas alcohólicas en el Estado, el Ejecutivo señala que “las demandas de los consumidores vienen cambiando en gran medida por las grandes campañas de los medios de comunicación que buscan brindarle día a día una nueva forma de satisfacer sus gustos mediante una gran variedad de productos que tiene diferentes niveles de valor y satisfacción, un nuevo mercado donde las formas de hacer intercambio y relaciones entre vendedores y consumidores han cambiado, generando nuevas y novedosas formas de hacer mercado para un producto, como es el caso de la comercialización de productos a través de plataformas tecnológicas o digitales”.

Argumenta que, además, la generación de nuevas formas o estilos de vida, hacen necesaria la adecuación de los ordenamientos regulatorios ya existentes, a efecto de no generar una competencia desleal entre los proveedores de bienes o servicios que realizan sus actividades económicas a través de establecimientos, tiendas o locales fijos y aquellos que los ofrecen sus productos a través de plataformas tecnológicas o digitales que generan ganancias mayores.

La venta de bebidas alcohólicas en línea y/o domicilio será a través de dispositivos móviles o bien por medio de las plataformas tecnológicas o digitales de su preferencia, con lo que los consumidores tendrán la la certeza de la procedencia legal de los productos solicitados.  

De acuerdo con la iniciativa, la venta de bebidas alcohólicas a través de plataformas tecnológicas o digitales o vía telefónica, “en línea y/o a domicilio” estará sujeta a los horarios previstos y autorizados para el establecimiento en cuestión, en términos de lo dispuesto en los artículos 25 y  25 BIS de la Ley Sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Quintana Roo.  

La venta en “línea y/o a domicilio” permitirá a los comerciantes establecidos expandir su área de distribución en diferentes puntos de la ciudad, llegando con esto a un mayor número de clientes, de manera segura y ordenada, salvaguardando la salud de los consumidores.   

De igual manera, con la venta en “línea” y/o a domicilio se brindará seguridad a los comerciantes, dado que este beneficio, únicamente será otorgado para aquellas personas que ya cuenten con una Licencia de Bebidas Alcohólicas autorizada y vigente, misma que será vinculada con ella, y que tendrá el mismo valor que la Licencia Principal con base en las tarifas previstas en la Ley de Derechos del Estado de Quintana Roo, evitando con esta medida, que existan los llamados “revendedores” quienes acaparan una cierta cantidad de este producto y lo ofrecen a precios mayores a los establecidos. 

Asimismo, se evitará que personas ajenas a una Licencia de Bebidas Alcohólicas, puedan vender dicho producto en la modalidad de “en línea” y/o a domicilio, dando certeza al consumidor de la calidad y procedencia del producto que va a comprar y recibir.  

La venta “en línea y/o a domicilio” de bebidas alcohólicas cambiará la forma en la que los comerciantes llegan a los consumidores, beneficiándose con esta modalidad los comercios y establecimientos de bebidas alcohólicas, lo cual les permitiría llegar a sus clientes de manera más fácil, debido a que cada vez más personas optan por realizar sus compras a través del uso de plataformas tecnológicas o digitales o vía telefónica, esta modalidad podrá generar que los comercios aborden a este tipo de población, contribuyendo a la mejora de los pequeños comerciantes. 

Los comerciantes que obtengan su licencia para la venta de bebidas alcohólicas en línea y/o a domicilio deberán llevar una bitácora y/o registro de quienes hagan uso del servicio. 

Además estarán sujetos a auditorías por lo que los establecimientos autorizados para la venta de bebidas alcohólicas, tendrán la obligación de contar con la bitácora y/o registro de las personas que compran mediante la modalidad de “en línea y/o a domicilio”, y que la falta de dicho documento, será causa suficiente para ser acreedor de sanciones.  

El gobierno del Estado considerará delito expender bebidas alcohólicas en línea y/o a domicilio sin contar con la licencia correspondiente; no contar con el registro y/o bitácora. Las sanciones a quienes incurran en la violación de las disposiciones serán acreedores a sanciones que van desde cuatrocientas hasta ochocientas veces la U.M.A; además la clausura será temporal o definitiva y se impondrá en los siguientes casos hasta por treinta días.  (Noticaribe)

Comentarios en Facebook