NUEVE BRINCAN LA TABLITA: Ieqroo deja fuera a tres aspirantes a candidaturas independientes en QR; los demás tienen hasta el 12 de febrero para buscar el respaldo ciudadano

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- El Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) aprobó la solicitud de registro de nueve ciudadanos que buscarán las presidencias municipales de Othón P. Blanco, Benito Juárez y Solidaridad, quienes a partir de este jueves y hasta el 12 de febrero iniciarán la colecta del apoyo ciudadano que les permita lograr la candidatura.

Mientras tanto, otorgó un plazo hasta el 21 de enero a Aurora Ariadne Santin Coral, de Cozumel, para que reúna todos los documentos, ya que por la pandemia oficinas han suspendido actividades.

Los consejeros del IEQROO rechazaron las solicitudes de registro de Carlos Balmaceda Ostos y Jonathan Guerrero Hurtado, del municipio de Benito Juárez y de Antonio Ramos Pérez, de Solidaridad, por no cumplir con todos los requisitos legales.

A partir de este jueves 14 y hasta el 12 de febrero, inicia la etapa de respaldo ciudadano para todas las planillas que se declararon procedentes, en el caso de las ciudadanas y ciudadanos del municipio de Othón P. Blanco: Rodrigo Cristóbal Camín Cardín; Jorge Enrique Rodríguez Ruiz; María de los Ángeles Gallegos Pérez; Rufina Cruz Martínez; Nabil Eljure Terrazas y Víctor José Luis Pérez Sorcia, deberán obtener como mínimo de respaldo de al menos 2,586 (dos mil quinientos ochenta y seis) ciudadanos, cantidad equivalente al 1.5% (uno punto cinco por ciento) del padrón electoral del municipio de Othón P. Blanco, con corte al 31 de agosto de 2020.

En el caso del acuerdo de solicitud de registro como aspirante a candidato independiente para la integración del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, de la planilla que encabeza el ciudadano Víctor José Luis Pérez Sorcia, la Consejera Elizabeth Arredondo Gorocica, voto en contra, emitiendo voto particular, al considerar que no se está salvaguardando los derechos de la población indígena, ya que se omitió realizar un análisis intercultural para tener por acreditada la autoadscripción calificada de los aspirantes indígenas ya que el documento sobre el cual sostienen la calificación, no contiene elementos que describan en qué consistió la participación de los ciudadanos, a quiénes fue dirigido, cuál fue su duración, contenido y quiénes participaron, de modo que se pudiera desprender si benefició de alguna forma, y en qué sentido, a una comunidad indígena, para poder equipararlo con una prestación de un servicio comunitario relacionado a alguna comunidad indígena.

Por su parte, los aspirantes a candidatos independientes del municipio de Benito Juárez: Silverio Córdova López y Erick Daniel Estrella Matos deberán obtener como mínimo de respaldo de al menos 9,371 (nueve mil trescientos setenta y un) ciudadanos, cantidad equivalente al 1.5% (uno punto cinco por ciento) del padrón electoral del municipio de Benito Juárez, con corte al 31 de agosto de 2020.

En cuanto al aspirante a candidato independiente del municipio de Solidaridad: Manuel Antonio Valencia López, deberá obtener como mínimo de respaldo de al menos 3,452 (tres mil cuatrocientos cincuenta y dos) ciudadanos, cantidad equivalente al 1.5% (uno punto cinco por ciento) del padrón electoral del municipio de Solidaridad, con corte al 31 de agosto de 2020.

En este punto, la Consejera Elizabeth Arredondo Gorocica, voto en contra, emitiendo voto particular, al considerar que no se está salvaguardando los derechos de la población indígena, ya que se omitió realizar un análisis intercultural para tener por acreditada la autoadscripción calificada de los aspirantes en comento.

En el caso de Aurora Ariadne Santín Coral del municipio de Cozumel, hasta el 21 de enero de 2021 para remitir la documentación que le fue requerida. Por tanto, este órgano de máxima dirección a más tardar el 22 de enero de 2021 deberá pronunciarse respecto a la solicitud de registro como aspirante a candidata independiente por dicho municipio.

Sobre este caso, la Consejera Elizabeth Arredondo Gorocica votó en contra de dicho acuerdo, al considerar que existe una incongruencia dentro del mismo acuerdo, sobre el hecho de decirle que es procedente su aspiración, cuando no cumple con un requisito. (Noticaribe)

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